El juez Martín Cormick anuló la cláusula del decreto 759/2025 que había condicionado los recursos para las casas de altos estudios. La resolución dispuso que el Poder Ejecutivo ejecute la norma sobre salarios, becas, investigación y partidas para las instituciones.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno a cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.
El fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.
De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”.
La resolución judicial cuestionó la frase “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 24.629” de Administración Financiera, incluida en el decreto con el que el Gobierno promulgó la ley 27.795. Ese punto había condicionado la aplicación de la norma a que el Congreso definiera las fuentes de recursos con las que se financiaría e incorporara las partidas correspondientes al presupuesto nacional.
El magistrado sostuvo que el decreto funcionó, en los hechos, como una herramienta para detener la vigencia efectiva de una ley que el Congreso había ratificado tras rechazar un veto presidencial.
La sentencia sostiene que el decreto funcionó como un “mecanismo extraconstitucional”. Ante la imposibilidad de vetar dos veces la misma ley, el Ejecutivo habría optado por una promulgación formal que en los hechos frenaba su ejecución. Según el juez, eso choca con dos normas de la Constitución: el artículo 75, inciso 8°, que asigna al Congreso y no al Presidente la definición del gasto público, y el artículo 83, que obliga a promulgar una ley insistida. El fallo recuerda también el contexto: no hubo presupuesto aprobado para 2024 ni para 2025, sino prórrogas del de 2023, que el Ejecutivo modificó seis veces solo durante 2025. Y cita el cálculo de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que estimó el costo de la ley para ese año en 0,23% del PBI.
El Gobierno había intentado frenar el cumplimiento de la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitieron un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.
El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.


