La oposición asegura que ya hay casi 20 mil personas inscriptas, pero la convocatoria oficial designa solo dos jornadas a las audiencias. Un grupo de diputados presentó un pedido para que el listado de inscripciones sea público y se actualice cada 24 horas.
- La Cámara de Diputados convocó a audiencias públicas el 25 y 26 de marzo para tratar el proyecto que modifica la Ley de Glaciares.

La convocatoria a una audiencia pública para debatir la reforma de la Ley de Glaciares que impulsa el Gobierno se publicó este martes en el Boletín Oficial. Se fijaron solo dos jornadas: 25 de marzo para ponencias presenciales y 26 de marzo para virtuales.
El plazo para inscribirse es hasta el viernes 20 de marzo a las 16 de manera presencial y hasta las 20 de manera virtual.
La convocatoria fue realizada por las comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, según acordado en la reunión realizada el 4 de marzo último.
La ley -sancionada en 2010- define como glaciar a toda masa de hielo, estable o que fluye lentamente, con o sin agua en su interior. Según la norma, en alta montaña, el ambiente periglacial comprende áreas con suelos congelados que actúan como reguladores del recurso hídrico, y en media y baja montaña a las zonas con suelos saturados en hielo que también cumplen funciones de reserva del agua.
En el artículo 6, la ley impide la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que pueda modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, y el almacenamiento o manejo de sustancias tóxicas.
Además, con el objetivo de individualizar todas las reservas hídricas existentes, la norma creó el Inventario Nacional de Glaciares, que debe actualizarse cada 5 años como máximo. Esta tarea es del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), un organismo que depende del Conicet.
Uno de los puntos claves de la reforma es la redefinición del objeto de protección. Mientras que la ley vigente ofrece un resguardo amplio a todos los glaciares y al ambiente periglacial como reservas estratégicas, el nuevo proyecto acota esta tutela a aquellos cuerpos de hielo que cumplan una “función hídrica efectiva” y relevante para la recarga de cuencas hidrográficas.
El proyecto propone que cada provincia determine qué glaciares protege y en cuáles se pueden habilitar actividades extractivas, como la minería.
Lo que dicen los expertos es que esto atenta contra el artículo 41 de la Constitución. Este artículo le da al Congreso la potestad de generar leyes de presupuestos mínimos ambientales como es la Ley de Glaciares. Es decir, de fijar una protección mínima y nacional que las provincias no pueden achicar.


