La Concejala Pía Felpeto del bloque de Juntos por Carlos Paz de esta manera y en las redes sociales expone la problemática de los espacios públicos en la ciudad.

“Volvimos a recorrer las plazas y balnearios… y ¿sabés qué? Nada cambió.
Los mismos cables pelados, los mismos tableros abiertos, los mismos peligros.
Hace un año advertimos lo que podía pasar… y el Municipio miró para otro lado.
No se trata de estética, se trata de seguridad.
Queremos una ciudad 100% segura, no una vidriera que esconde riesgos eléctricos en cada rincón.” ⚡️
👉 “Por eso presentamos un nuevo pedido de informe y una ordenanza para que el control sea real, permanente y profesional.
Porque prevenir también es gobernar.”
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PROYECTOS PRESENTADOS ANTE EL CONCEJO DE REPRESENTATES
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal:
a) Que en el término de 10 (diez) días remita a éste Cuerpo un informe técnico que acredite que la seguridad de los vecinos y turistas se encuentra garantizada, debiendo señalizar en forma inmediata aquellos lugares que por sus pésimas condiciones de mantenimiento suponen un peligro de vida, en los balnearios y plazas que a continuación se detallan: Balneario de Playas de Oro, Balneario El Fantasio, como así también en las siguientes plazas:, Plaza de los Niños del barrio Los Inquilinos (calle Domingo Cabred entre Dr. Esteban Maradona y Dr. Federico Leloir), Plaza Sol y Río (colindante con el Centro de Atención Primaria de la Salud Distrito Sur), Plaza Pucará de barrio Playas de Oro (Bonn esquina Bucarest), Plaza Colinas (calle Amazonas esquina Montecatini, frente al Centro Vecinal Colinas), Plaza “Del Valle” (última manzana de las “400 Viviendas”, Altos del Valle), Plaza de calle Roma colindante con el IPEM (Barrio las 400 Viviendas), y Plaza Tokio (Tokio esquina Laprida)
b) Que extreme en forma urgente los recaudos a los fines de inspeccionar y controlar en aquellos ámbitos de su competencia como columnas de alumbrado público, semáforos, espacios públicos y edificios municipales, el correcto estado de las instalaciones eléctricas, tableros y puesta a tierra de la instalación.
c) Que clausure en forma inmediata los baños públicos de los Balnearios Playas de Oro y El Fantasio hasta que se encuentre garantizado en forma absoluta que el cableado se encuentre colocado conforme lo ordena la normativa vigente, de manera tal que no represente peligro alguno para la seguridad de los usuarios.
d) Que notifique en forme inmediata a las autoridades de los Centros Vecinales de Sol y Río y Playas de Oro la situación de peligro de vida que implica el uso y goce de las plazas emplazadas en dichos barrios, señalice en forma adecuada todos y cada uno de los lugares donde se encuentre cableado expuesto, colocando vallas que impidan aproximarse; y garantice asimismo que rodantes circulen por ambos barrios, especialmente los fines de semana, advirtiendo por altoparlantes a la población de las circunstancias expuestas.
e) Que en el término de 10 (diez) días informe al Concejo de Representantes: nómina de empleados que en forma regular se encuentran abocados al control supervisión, mantenimiento y reparación en plazas, paseos públicos, dependencias municipales, alumbrado público, semáforos, vía pública en general, etc., en todo lo concerniente a situaciones vinculadas a riesgos eléctricos, como así también el grado de capacitación con que cuenta cada uno de ellos (es decir, si son electricistas matriculados, ingenieros, etc. y/o si reciben capacitación regular que les brinda el municipio, indicando frecuencia y tipo de capacitación)
f) Que informe en el término de 10 días qué curso le ha dado al Expediente Administrativo 232366/2024 ingresado por la Concejal Pía Belén Felpeto el 17 de septiembre de 2024 en Mesa de Entradas del Municipio, en el que replica los términos del Proyecto de Resolución Punto N° 036/2024-25 que tomara estado legislativo en fecha 10.09.24, cuyo tratamiento sobre tablas fuera rechazado por la mayoría automática del oficialismo, debiendo consignar especialmente si tiene dictamen o informe de organismos técnicos del Municipio y si en función de lo expuesto el Municipio ha diagramado un programa integral de reparación, supervisión y mantenimiento, y en su caso, indique en qué consiste dicho programa.
Artículo 2º: Requerir al Departamento Ejecutivo Municipal que coordine acciones conjuntas con la Empresa Provincial de Energía de Córdoba, de manera tal que ésta incremente los controles en los ámbitos de su competencia no sujetos a jurisdicción municipal.
Y VISTO:
El relevamiento realizado por el Bloque de concejales de Juntos por Carlos Paz sobre plazas y balnearios de la ciudad, con la finalidad de constatar eventuales peligros para niños y adultos.
Y CONSIDERANDO:
Que los estudios y observaciones a que se hacen referencia en el visto, fueron llevados a cabo los días jueves 6 y sábado 8 de noviembre, sobre dos balnearios y varias plazas de la ciudad.
Que los días en que se realizaron las inspecciones pudo percibirse la afluencia de niños en un número importante, concurrencia que seguramente se engrosará con el advenimiento de la temporada estival y la temperatura que invita a las actividades al aire libre.
Que el registro se realizó en forma aleatoria, en los siguientes lugares: Balneario de Playas de Oro, Balneario El Fantasio, como así también en las siguientes plazas: Plaza de los Niños del barrio Los Inquilinos (calle Domingo Cabred entre Dr. Esteban Maradona y Dr. Federico Leloir), Plaza Sol y Río (colindante con el Centro de Atención Primaria de la Salud Distrito Sur), Plaza Pucará de barrio Playas de Oro (Bonn esquina Buarest), Plaza Colinas (calle Amazonas esquina Montecatini, frente al Centro Vecinal Colinas), Plaza “Del Valle” (última manzana de las “400 Viviendas”, Altos del Valle), Plaza de calle Roma colindante con el IPEM (Barrio las 400 Viviendas), y Plaza Tokio (Tokio esquina Laprida)
Que lamentablemente, en todos y cada uno de los espacios a los que acudimos, divisamos a simple vista, -sin necesidad de la utilización de drones, tecnología alguna ni la ayuda de de Instaladores Eléctricos Habilitados o recursos humanos con experticia en la materia-, innumerables irregularidades y peligros, de los que dan cuenta las decenas de fotografías que se acompañan en el anexo, cuya simple visualización nos exime de mayores consideraciones o descripciones.
Que a priori, surge a simple vista y con meridiana claridad, que tanto la Plaza de Sol y Río como la Plaza Pucará del barrio Playas de Oro, son los paseos públicos en los que la peligrosidad es indisimulable, ya que la altura del cableado expuesto se encuentra al alcance de la talla de cualquier niño, motivo por el cual, que no ocurra una tragedia es solo cuestión del azar, y en un día de llovizna la incierta posibilidad de un milagro es lo que evitará una desgracia.
Que los reclamos de los vecinos son públicos y notorios, tanto es así que quedaron expuestos a la vista y oídos de todos y cada uno de los concejales en la sesión ordinaria del jueves 6 de noviembre, oportunidad en que un grupo importante de carlospacenses se acercaron al recinto e hicieron uso de los mecanismos que brinda la democracia, que por cierto tienen rango constitucional (artículos 14, 32 cc y correlativos C.N.), y se expresaron libremente peticionando a las autoridades.
Que la descripción de lo que hemos observado y que narramos en los párrafos precedentes, y los registros fotográficos que se acompañan en el anexo que forma parte integrante de la presente, son una prueba lapidaria de los peligros de vida al que se encuentran expuestos los vecinos y turistas, a escasas semanas del comienzo de la temporada de verano, época del año en la que familias enteras de vecinos y de turistas se vuelcan en forma masiva al uso y disfrute de los espacios públicos.
Que el contraste con lo que publicita el municipio en los medios de prensa y en su página web es por demás elocuente: “Villa Carlos Paz es la única ciudad del país que hoy ya está iluminada al 100 % con tecnología led. El Gobierno de la ciudad concretó en menos de un año, una primera etapa que permitió el recambio total de luminarias led en todos los barrios de la ciudad”.
Que desde el bloque de Juntos por Carlos Paz compartimos plenamente las bondades de una ciudad turística iluminada, y los beneficios que ello implica, pero no podemos soslayar que no puede ni debe priorizarse una ciudad estéticamente llamativa y hermoseada (con la plusvalía que significa el uso de los espacios públicos en horarios nocturnos y la disminución del delito), pero que bajo sus luces encuentra la sombra de la desidia, y escondida en ella un peligro en cada rincón.
Que las quienes ocupan hoy las oficinas del ex hotel Carena tienen el deber de realizar en forma permanente un exhaustivo control de los tableros, puesta a tierra de la instalación y correcto estado de la instalación eléctrica, tanto en edificios y lugares públicos, en los privados que se encuentran sujetos a control municipal, como así también en las columnas de alumbrado público y en los semáforos.
Que los numerosos casos de personas electrocutadas en el orden nacional y provincial que se suceden año tras año, y la creación de organizaciones no gubernamentales que se ocupan de esta problemática, entre ellas, la fundación “Relevando peligros” conducida por Sandra Meyer, cuyo hijo falleció electrocutado en la vía pública el 24 de diciembre de 2009, parece no llamar la atención de las autoridades que deben abocarse al tema.
Que tampoco parece haber encendido la luz de alerta de este gobierno, la decisión que tomara la semana pasada el Fiscal de Cámara Martín Berger, de requerir la pena de 3 años de prisión a tres empleados de la Municipalidad de Córdoba, quienes se desempeñaban en el Departamento de Mantenimiento de la Dirección de Alumbrado Público de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, al mantener la acusación luego de recabada la prueba, como coautores responsables del delito de homicidio culposo, por la trágica muerte de Luciano Aranda sucedida el 25 de enero de 2022, cuando el adolescente de 14 años fue a jugar a la pelota a una plaza del barrio Alto Alberdi, y recibió una descarga eléctrica al tocar un poste de alumbrado público.
Que el juicio oral y público concluirá esta semana, y de acuerdo a la experiencia de los operadores judiciales, de periodistas especializados en temas judiciales, y del abogado querellante -Dr. Carlos Nayi- que representa a la familia del joven Aranda, la suerte de los tres agentes público está echada, habida cuenta de la profusa prueba recabada: serán finalmente condenados luego de un largo y doloroso proceso.
Que menos aún parece haber hecho mella en el régimen de Carlos Paz Unido el fallo del mes de abril de 2022 de la Cámara 4ta. del Crimen, que en los fundamentos de la condena impuesta a un empresario local –fallecido en el mes de Julio del año 2024- por la muerte por electrocución del músico Agustín Briollini en el año 2014, exhortó severamente a la Municipalidad de Villa Carlos Paz a que acentúe los controles de habilitación y conservación de las condiciones de seguridad destinados al público, a raíz de la laxitud de los controles por parte de las autoridades del Palacio 16 de Julio, comprobada en el juicio por la propia declaración de los funcionarios municipales.
Que, en el exhorto hacia las autoridades municipales, la Cámara fue contundente y alejándose de su rol de juzgador se constituyó en una suerte de organismo docente, claramente con la intención de contribuir a evitar futuras tragedias, indicando que “Finalmente luego del desarrollo que antecede, debo señalar que el luctuoso suceso ocurrió en una Sala Teatral habilitada al público para espectáculos y convenciones por la Municipalidad de la ciudad de Villa Carlos Paz. Sin embargo, se ha comprobado que la misma no respetaba la normativa vigente en torno a la Higiene y Seguridad del Trabajo al momento de producirse este hecho que hoy nos ocupa. A más de ello, los funcionarios municipales traídos a declarar, en forma unánime, afirmaron sobre la inexistencia de controles por la autoridad municipal (v. Carina Andrea Rossi, directora de Recursos Fiscales; Roberto Osvaldo Giménez, director de Seguridad; y Sergio Fabián Reyna, director de Obras Privadas, que depende de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental). De ello se advierte claramente que el conflicto suscitado por el hecho que motiva el presente juicio, no puede ser resuelto sólo y exclusivamente por el Derecho penal. Por tal motivo, estimo adecuado, atento las particularidades arriba señaladas, exhortar a la Municipalidad de Villa Carlos Paz a que acentúe los controles de habilitación y conservación de las condiciones de seguridad de lugares destinados al público, en el marco de una política de estado integral con la provincia y la nación a los fines de contribuir a la evitación este tipo de siniestros”.
Que tampoco parece haber inquietado a quienes dirigen hoy los destinos de nuestra ciudad, la presentación realizada por la concejal autora de este proyecto, dirigida al Sr. Intendente Municipal e ingresada por mesa de entradas (Expte.232366/2024 de fecha 17 de septiembre de 2024), en la que replico los términos del Proyecto de Resolución Punto N° 036/2024-25 que tomara estado legislativo en fecha 10.09.24, a cuya lectura remito brevitatis causae, y cuyo tratamiento sobre tablas fuera rechazado por la mayoría automática del oficialismo.
Que la presentación hecha ante el Sr. Intendente, ha tenido por toda respuesta el silencio aquiescente del Departamento Ejecutivo, pese ha que han transcurrido más de 13 meses.
Que, en este mismo orden de ideas, corresponde expresar que resulta elocuente por parte del Municipio el incumplimiento de la Ley de Seguridad Eléctrica de la Provincia de Córdoba Nº 10.281 (cuyos objetivos son, entre otros, de acuerdo al art. 1, preservar la seguridad de las personas, promover la seguridad eléctrica procurando fiabilidad, etc.).
Que el municipio a través de sus diferentes áreas tiene el deber de garantizar la seguridad, tanto a los vecinos como a turistas, en aquellos ámbitos de su competencia, es decir, no solo en los lugares públicos, sino también en todos aquellos espacios sujetos a control municipal, por medio de su poder de policía.
Que comprende a la competencia funcional de la Secretaría de Desarrollo Comunitario y Gestión Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ordenanza Nº 7000 y sus modificatorias 7041 y 7173: Asistir al Intendente Municipal en todo lo referente a la ejecución y control de obras, prestación de servicios públicos y protección del ambiente (inciso 1); adecuar y dotar a la ciudad de obras de equipamiento, infraestructura y saneamiento necesarias, que posibiliten el desarrollo urbano y social (inciso 2)
Que por otra parte, el citado instrumento legal indica en el artículo 21, que dentro del ámbito de la Secretaría de Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental funcionará la Subsecretaría Desarrollo Urbano Ambiental, que tendrá como misiones y funciones: Planificar y ejecutar Obras Públicas y de Infraestructura, en coordinación con las reparticiones y Empresas de Jurisdicción Federal, Provincial, Municipal Públicas o Privadas (inciso 6); Mantener, conservar y restaurar la obra de infraestructura arquitectónica, plazas, parques, espacios públicos y obras de ornamentación de la ciudad (inciso 7); Planificar y formular políticas relativas a la conservación, mejoramiento y creación de los espacios verdes públicos y arbolados (inciso 8).
Que el artículo 121 de la Carta Orgánica Municipal dispone en su inciso 30 que son atribuciones del Concejo de Representantes, solicitar informes por escrito al Departamento Ejecutivo Municipal, los que deberán ser respondidos en el término que fije el Cuerpo, y que el incumplimiento de esta obligación por parte del Intendente Municipal configura seria irregularidad.
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1.- CRÉASE en el ámbito de la Municipalidad de Villa Carlos Paz la Unidad de Relevamiento de Riesgos Eléctricos, Reparación y Mantenimiento (UNIREM).
Artículo 2.- FUNCIONES: La UNIREM de la Municipalidad de Villa Carlos Paz tiene como función principal prevenir accidentes y garantizar la seguridad de los vecinos y turistas en los espacios públicos mediante el control de las instalaciones eléctricas.
Sus funciones específicas son:
· Detección temprana de riesgos: Identificar de manera proactiva anomalías, desperfectos o situaciones peligrosas en las instalaciones eléctricas de la vía pública, plazas, parques y espacios verdes de la ciudad.
· Relevamiento y control: Realizar inspecciones sistemáticas y periódicas de postes de alumbrado, cableado y otras infraestructuras eléctricas municipales.
· Mitigación y corrección: Coordinar y ejecutar las acciones necesarias para solucionar los problemas detectados, trabajando en conjunto con áreas municipales pertinentes y empresas como la EPEC (Empresa Provincial de Energía de Córdoba), Fundaciones, ONGs, organismos públicos y privados, mediante actas acuerdo de cooperación y/o convenios.
· Recepción de denuncias: Servir como punto de contacto para que los ciudadanos reporten situaciones de riesgo eléctrico, para una intervención rápida y efectiva.
· Prevención y concienciación: Trabajar para hacer de la ciudad un lugar más seguro en términos eléctricos, lo que incluye la colaboración con ONGs (como la Fundación Relevando Peligros) y facultades para abordar la problemática de forma integral.
· Gestión de recursos: Administrar y gestionar las inversiones y recursos destinados específicamente a la prevención y mitigación de riesgos eléctricos en el ámbito municipal.
Artículo 3.- La UNIREM dependerá orgánica y funcionalmente de la Secretaría de Desarrollo Comunitario y Gestión Ambiental, Subsecretaría Desarrollo Urbano Ambiental, o de las que en un futuro las reemplacen.
Artículo 4.- La presente ordenanza regirá a partir de los 120 (ciento) días corridos desde su promulgación, plazo en el que el Departamento Ejecutivo deberá reglamentarla y hacer operativo su funcionamiento.
Artículo 5.- Los gastos que demande la implementación y cumplimiento de la presente norma serán afrontados por la partida 35.50.531.2.24.13 del presupuesto general de gastos vigente, o del que en el futuro la reemplace.
Y VISTO:
El relevamiento realizado por el Bloque de concejales de Juntos por Carlos Paz sobre plazas y balnearios de la ciudad, con la finalidad de constatar eventuales peligros para niños y adultos.
Y CONSIDERANDO:
Que los estudios y observaciones a que se hacen referencia en el visto, fueron llevados a cabo los días jueves 6 y sábado 8 de noviembre, sobre dos balnearios y varias plazas de la ciudad.
Que los días en que se realizaron las inspecciones pudo percibirse la afluencia de niños en un número importante, concurrencia que seguramente se engrosará con el advenimiento de la temporada estival y la temperatura que invita a las actividades al aire libre.
Que el registro se realizó en forma aleatoria, en los siguientes lugares: Balneario de Playas de Oro, Balneario El Fantasio, como así también en las siguientes plazas: Plaza de los Niños del barrio Los Inquilinos (calle Domingo Cabred entre Dr. Esteban Maradona y Dr. Federico Leloir), Plaza Sol y Río (colindante con el Centro de Atención Primaria de la Salud Distrito Sur), Plaza Pucará de barrio Playas de Oro (Bonn esquina Bucarest), Plaza Colinas (calle Amazonas esquina Montecatini, frente al Centro Vecinal Colinas), Plaza “Del Valle” (última manzana de las “400 Viviendas”, Altos del Valle), Plaza de calle Roma colindante con el IPEM (Barrio las 400 Viviendas), y Plaza Tokio (Tokio esquina Laprida)
Que lamentablemente, en todos y cada uno de los espacios a los que acudimos, divisamos a simple vista, -sin necesidad de la utilización de drones, tecnología alguna ni la ayuda de de Instaladores Eléctricos Habilitados o recursos humanos con experticia en la materia-, innumerables irregularidades y peligros.
Que lo expuesto precedentemente motivó a la autora de este proyecto de ordenanza a presentar un pedio de informes que tomó estado parlamentario el día de la fecha, a cuya lectura integral remito brevitatis causae, mediante el que solicito, entre otros ítems, que el Departamento Ejecutivo Municipal extreme en forma urgente los recaudos a los fines de inspeccionar y controlar en aquellos ámbitos de su competencia como columnas de alumbrado público, semáforos, espacios públicos y edificios municipales, el correcto estado de las instalaciones eléctricas, tableros y puesta a tierra de la instalación.
Que asimismo hemos requerido al Sr. Intendente Municipal en dicho pedido de informes -cuyo tratamiento y aprobación estimamos será del agrado y acompañamiento de los concejales del bloque oficialista-: nómina de empleados que en forma regular se encuentran abocados al control supervisión, mantenimiento y reparación en plazas, paseos públicos, dependencias municipales, alumbrado público, semáforos, vía pública en general, etc., en todo lo concerniente a situaciones vinculadas a riesgos eléctricos, como así también el grado de capacitación con que cuenta cada uno de ellos (es decir, si son electricistas matriculados, ingenieros, etc. y/o si reciben capacitación regular que les brinda el municipio, indicando frecuencia y tipo de capacitación)
Que las quienes ocupan hoy las oficinas del ex hotel Carena tienen el deber de realizar en forma permanente un exhaustivo control de los tableros, puesta a tierra de la instalación y correcto estado de la instalación eléctrica, tanto en edificios y lugares públicos, en los privados que se encuentran sujetos a control municipal, como así también en las columnas de alumbrado público y en los semáforos.
Que el municipio a través de sus diferentes áreas tiene la obligación de garantizar la seguridad, tanto a los vecinos como a turistas, en aquellos
ámbitos de su competencia, es decir, no solo en los lugares públicos, sino también en todos aquellos espacios sujetos a control municipal, por medio de su poder de policía.
Que la problemática que abordamos no es solo patrimonio de la ciudad de Villa Carlos Paz, sino que es preocupación y objeto de estudio, análisis y constante búsqueda de eventuales soluciones en no pocos municipios a lo largo y a lo ancho de nuestra Provincia.
Que, sin embargo, entendemos que es poco lo que se ha avanzado en aras a solucionar los inconvenientes que nos permitan gozar de una ciudad segura, tanto para los vecinos como para los visitantes, mucho más aún si tenemos como meta atraer al turismo internacional, acostumbrado no solo a estándares de belleza natural, sino también de servicios y seguridad acorde a sus expectativas.
Que hacemos nuestras las palabras del abogado Carlos Nayi, representante legal de la familia de Luciano Luciano Aranda (el adolescente de 14 años fallecido el 25 de enero de 2022, cuando fue a jugar a la pelota a una plaza del barrio Alto Alberdi de la ciudad de Córdoba, y recibió una descarga eléctrica al tocar un poste de alumbrado público), cuando expresa con crudeza que “desgraciadamente el único motor de las políticas públicas parecen ser las tragedias”.
Que en ese sentido, Villa Carlos Paz, a la luz de los acontecimientos, es la excepción a la percepción de Nayi, ya que tal como lo hemos abordado desde esta banca, y de lo que surge de los numerosos testimonios de los vecinos y recorridos que hemos realizado a lo largo de estos dos años por las plazas y espacios públicos, la tragedia que enlutó a la familia Briollini y a toda la ciudad hace 11 años, no parece haber hecho mella en las autoridades municipales, el fallecimiento del músico no motorizó política pública alguna.
Que, en contraposición, nobleza obliga, merece destacarse el punto de inflexión que marcó en la ciudad de Córdoba la desgracia ocurrida en enero del año 2022 en el barrio Alto Alberdi, que terminara con la vida del joven Luciano Aranda -y que, por cierto, expuso la precariedad del sistema de mantenimiento eléctrico en las plazas y espacios públicos-
Que a raíz de aquel drama, el por entonces Intendente Martín Llaryora dispuso el cierre de cientos de plazas para que mejoraran las condiciones eléctricas
Que, así como desde esta banca no ahorramos críticas al actual gobernador cuando hemos entendido que sus políticas debían ser cuestionadas e interpeladas, en el tema que nos ocupa, nos parece atinado valorar la responsabilidad con que abordó la problemática, tanto es así que entendemos que -insisto, en esta cuestión- es el norte hacia el que debemos apuntar y el espejo en donde debemos mirarnos.
Que, en efecto, un informe oficial emitido recientemente por la Municipalidad de Córdoba, luego de un pedido de acceso a la información pública, da cuenta de lo siguiente: “Desde ese año hasta la actualidad, se intervinieron 1.130 plazas. De ese total, en 499 se realizaron obras nuevas: tableros de comando, protección y medición, cableado subterráneo, puesta a tierra, columnas y luminarias. En otras 631, se llevaron a cabo obras de adecuación al mencionado Reglamento Técnico y mitigación de riesgos”, precisó el informe. Y agrega: “Las 135 plazas restantes se encuentran apagadas en razón de la necesidad de ejecutarse allí obras nuevas. No obstante, en 31 de ellas los trabajos se encuentran en curso”.
Que el informe, por otra parte, indica que “Una de cada tres plazas intervenidas tuvo que ser reconstruida en su totalidad con nuevo cableado subterráneo, fundaciones y columnas, instalación de tableros de comando, protección y medición por encima de los 2,5 metros de altura y puesta a tierra”, y que “En cada punto de luz, además de sustitución de luminarias de sodio por LED, se ejecutó un sistema TT completo con interruptor diferencial. Se trata de un sistema de protección que saca de servicio al punto de luz o su circuito ante un posible riesgo eléctrico, adecuándose a los parámetros que establece la Ley de Seguridad Eléctrica”.
Que cabe recordar, que, si bien las plazas apagadas actualmente son 135, luego de la tragedia del año 2022 era un número muy superior, con todo lo que ello implica: inseguridad en aumento, delincuencia, falta de esparcimiento en los barrios, personal policial distraído de sus tareas normales y habituales para custodiar las plazas, incremento exponencial del presupuesto destinado a esas tareas de mantenimiento y reparación, designación de personal especializado, capacitación, etc. El Municipio, hay que decirlo con todas las letras, lo abordó como una política de estado, y en pocos meses, la ciudad de Córdoba será 100 % segura.
Que desde esta banca abogamos para que Villa Carlos Paz siga el mismo camino: queremos una ciudad 100 % segura en materia de riesgos eléctricos, ese es nuestro desafío, pero también nuestra obligación, y ese es el motivo por el cual presentamos este proyecto de Ordenanza.
Que, si bien el presupuesto con que cuenta la municipalidad de Villa Carlos Paz es exiguo, se deben analizar alternativas, ejecutar obras en coordinación con otras jurisdicciones y aprovechar el asesoramiento y la experticia de quienes cuentan con recursos humanos altamente calificados desde hace décadas, y que desinteresadamente cooperan con organismos públicos.
Que la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba cuenta con un Centro de Vinculación del Laboratorio de Baja Tensión y personal altamente capacitado para la realización de trabajos de coordinación y relevamiento geo referencial de los postes de baja tensión de alumbrado público y ha firmado convenios de trabajo y cooperación con municipios.
Que el Departamento de Seguridad Industrial de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba cuenta con prestigiosos especialistas en Ingeniería Eléctrica que también prestan su colaboración a municipios.
Que es de dominio público el apoyo que brinda la Fundación Relevando Peligros a diferentes municipios y entidades gubernamentales, con quienes nos hemos comunicado en varias oportunidades desde esta banca, nos han despejado dudas y han ofrecido colaborar con el Municipio de Villa Carlos Paz.
Que estos son solo tres ejemplos de las numerosas herramientas que están al alcance de la mano de quienes tengan el interés y la voluntad política de tener una ciudad 100 % segura en riesgos eléctricos.
Que comprende a la competencia funcional de la Secretaría de Desarrollo Comunitario y Gestión Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ordenanza Nº 7000 y sus modificatorias 7041 y 7173: Asistir al Intendente Municipal en todo lo referente a la ejecución y control de obras, prestación de servicios públicos y protección del ambiente (inciso 1); adecuar y dotar a la ciudad de obras de equipamiento, infraestructura y saneamiento necesarias, que posibiliten el desarrollo urbano y social (inciso 2)
Que por otra parte, el citado instrumento legal indica en el artículo 21, que dentro del ámbito de la Secretaría de Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental funcionará la Subsecretaría Desarrollo Urbano Ambiental, que tendrá como misiones y funciones: Planificar y ejecutar Obras Públicas y de Infraestructura, en coordinación con las reparticiones y Empresas de Jurisdicción Federal, Provincial, Municipal Públicas o Privadas (inciso 6); Mantener, conservar y restaurar la obra de infraestructura arquitectónica, plazas, parques, espacios públicos y obras de ornamentación de la ciudad (inciso 7); Planificar y formular políticas relativas a la conservación, mejoramiento y creación de los espacios verdes públicos y arbolados (inciso 8).


