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Rige la Veda Electoral por las elecciones del próximo domingo 26 de octubre

24 Oct 2025
Sandra Vaccarone
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#lacyberfm

La veda electoral en el territorio nacional comenzó este viernes 24 de octubre a las 8.00 y se extenderá hasta el domingo 26 de octubre hasta las 21.00.

Veda electoral: ¿qué se debe tener en cuenta?

La veda electoral se refiere a una serie de actividades que están prohibidas durante un plazo anterior y posterior a las elecciones, con el objetivo de garantizar la transparencia del proceso electoral y resguardar la voluntad de las y los votantes. Existen dos tipos de vedas, la que se establece para los candidatos y la que se determina para la ciudadanía.

El Artículo 71 del Código Electoral Nacional establece una serie de prohibiciones específicas que rigen durante las horas previas y el transcurso de la elección:

  • Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
  • Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
  • El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas. La normativa prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 horas del sábado 25 de octubre hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio, o sea, las 21 horas del domingo 26 de octubre.
  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
  • La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
  • Realizar actos públicos de proselitismo
  • Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
  • Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

Qué pasa con quienes violan la veda electoral

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran. Las sanciones específicas están detalladas en el Título VI del Código.

Puntualmente, los Artículos 131 y 136 establecen los cargos que deberán afrontar quienes vendan bebidas alcohólicas durante la realización de los comicios. “Las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario serán castigadas con prisión de quince días a seis meses“, precisa el texto de la norma.

Horarios de votación y cuándo se conocerán los resultados

Los comicios se celebrarán entre las 8 y las 18 horas del próximo domingo 26 de octubre.

 

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