El boleto del transporte urbano pasará de $1.255 a $1.380 por pasajero a partir del 1 de septiembre.
Considerando la restricción presupuestaria del municipio, la evolución de precios al consumidor en la economía argentina y el redondeo sin decimales del valor del boleto ordinario pagado por los usuarios, se propone establecer un valor del boleto ordinario pagado por el usuario igual a $1.380; con lo que el municipio, en esta oportunidad, absorbería el 39,40% de la tarifa del boleto ordinario.

Análisis del costo por pasajero transportado y propuesta de estructura de tarifas del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros (TUP) mediante ómnibus
(A partir de SEPTIEMBRE de 2025)
En agosto de 2020, la Ordenanza Nº 6.641/20, promulgada por Decreto 375/DE/2020 declaró la emergencia del Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros en la ciudad de Villa Carlos Paz por el término de 12 meses, prorrogable por única vez por 6 meses. También en agosto de 2020, mediante Decreto N° 366/DE/2020 se dispuso la caducidad de la concesión del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Villa Carlos Paz, requiriendo a la empresa prestataria que continúe prestando los servicios hasta el 04 de setiembre de 2020. Posteriormente, mediante Contrato N° 671 / 2020 se otorgó a “CAR COR S.R.L. – EMPRENDIMIENTOS S.R.L. – UNIÓN TRANSITORIA URBANO CARLOS PAZ” un permiso precario para la prestación del “Servicio público de transporte urbano de pasajeros mediante ómnibus” en la Ciudad de Villa Carlos Paz por un periodo de 12 meses a partir de octubre de 2020, conforme al plan elaborado por el Departamento de Transporte y la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental. Transcurridos los 12 meses se prorrogó el permiso precario de prestación. En la cláusula quinta del contrato se estableció la RETRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS Y PAGO DE LOS SERVICIOS, mediante la cual se establece como retribución del servicio: las tarifas, los precios especiales establecidos como franquicias para determinados grupos de usuarios, los subsidios y aportes nacionales y provinciales dispuestos por la legislación vigente y las compensaciones económicas del Fondo Provincial de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros, mientras éstos subsistan. Asimismo, se estableció que sólo durante la vigencia del esquema de emergencia del transporte, la prestación de los servicios se financiará con las eventuales compensaciones municipales suficientes para afrontar los costos laborales y operativos del sistema, que no puedan ser cubiertos por los ingresos por cobro de tarifas, subsidios nacionales y provinciales.
En marzo de 2022, se aprobó el pliego de licitación de los servicios, según Ordenanza N° 6815/22 y se llamó a Licitación Pública N° 02/2022 según Decreto 193/DE/2022. El 17 de mayo de 2022 se declaró la admisibilidad de la propuesta del Sobre N° 1 presentado por la Empresa CAR-COR SRL y por Decreto 345/DE/2022 del 01 de julio de 2022 se adjudicó la Licitación Pública a dicha empresa. El Contrato de Concesión Nº 1.081 a la empresa CAR-COR SRL -que se firmó el 23 de septiembre de 2022- en su Cláusula Sexta, establece que “la retribución por los servicios prestados estará compuesta por el valor de la tarifa, por los subsidios nacionales y provinciales y por las eventuales compensaciones municipales que permitan mantener actualizado el valor del costo por kilómetro ofrecido en la licitación que dio origen a la presente concesión a fin de asegurar el funcionamiento del sistema en las condiciones allí establecidas”.
Debe señalarse que, mediante Ordenanza Nº 7.046/24 sancionada el 05 de enero de 2024 y promulgada por Decreto 010/DE/2024 de fecha 09 de enero de 2024, se estableció que: “las adecuaciones de tasas y tarifas aprobadas oportunamente por el Concejo de Representantes, correspondientes al año 2024, respecto de los servicios públicos concesionados o prestados por el Municipio, serán efectuadas durante los meses de Marzo, Mayo, Julio, Septiembre y Noviembre del corriente año…”. Asimismo, “El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de Resolución del Organismo Fiscal, remitirá los Informes Técnicos que sustenten las adecuaciones de las Tarifas oportunamente aprobadas por las Ordenanzas Nº 7033, Nº 7034, Nº 7035, Nº 7036, Nº 7037 y Nº 7038”.
Posteriormente, la Ordenanza N° 7.061/2024, promulgada por Decreto 074/DE/2024 en febrero de 2024, declaró la emergencia del Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Villa Carlos Paz por el término de 1 año, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a adoptar todas las medidas extraordinarias y urgentes que resulten necesarias, para garantizar la prestación del Servicio de Transporte
Urbano de Pasajeros en Villa Carlos Paz, tales como establecer y/o rediseñar líneas y recorridos, modificar frecuencias, así como disponer el ordenamiento e instrumentación del régimen económico tarifario y toda otra medida que estime pertinente.
La Ordenanza Nº 7.136/24, promulgada por Decreto 633/DE/2024 en octubre de 2024 aprobó la Resolución del Organismo Fiscal Nº 179/OF/2024 conjuntamente con su Anexo III que comunicaba la adecuación del boleto del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus a partir de noviembre de 2024. A partir de esa fecha, el boleto ordinario se estableció en $990,00.
La Ordenanza Nº 7.169/24, promulgada por Decreto 794/DE/2024 en diciembre de 2024 aprobó la adecuación del boleto del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus a partir de enero de 2025. A partir de esa fecha, el boleto ordinario se estableció en $1.140,00. Además, se estableció que se realizará una adecuación del esquema tarifario del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros (TUP) mediante ómnibus, con vigencia a partir de los meses de mayo y septiembre de 2025.
Según Ordenanza N° 7.202/25, promulgada por Decreto 166/DE/2025, se estableció el régimen para el Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros (TUP) mediante ómnibus, que estableció los siguientes valores:

Además, la Ordenanza N° 7.202/25 dispuso mantener la adecuación de manera cuatrimestral del esquema tarifario del TUP mediante ómnibus, con vigencia a partir de los meses de Mayo y Septiembre de 2025. También dispuso que la Municipalidad de Villa Carlos Paz, en esa oportunidad absorbería el 49,94% del Boleto Ordinario, con lo que el valor del boleto ordinario pagado por el pasajero era de $1.140.
Posteriormente la Ordenanza N° 7.204/25, promulgada por Decreto 190/DE/2025 aprobó la Resolución del Organismo Fiscal N° 033/OF/2025 que comunicó el informe técnico que dio sustento a los valores de la adecuación aprobada por Ordenanza N° 7.169/24 en consonancia con lo establecido en su artículo 2º.
La tabla que sigue se presenta la evolución del IPC desde enero de 2024 hasta junio de 2025.


La última adecuación del valor del boleto ordinario pagado por los usuarios de los servicios de transporte urbano de pasajeros por ómnibus ($1.255), efectivizada en mayo de 2025, había considerado la evolución de precios hasta fines de febrero de 2025. Considerando la inflación de los cuatro meses siguientes, de marzo de 2025 a junio de 2025, la adecuación del valor del boleto ordinario pagado por los usuarios debería ser de 9,97% y el nuevo valor del boleto ordinario pagado por los usuarios de los servicios de transporte urbano de pasajeros por ómnibus $1.380 a partir del 1 de septiembre de 2025.
Propuesta de esquema tarifario
La Ordenanza N° 7.202/25 estableció el régimen para el Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros (TUP) mediante ómnibus, con tarifas con valor de $2.277,33. El valor del boleto ordinario establecido se refiere al costo por pasajero transportado, que se mantiene en el mismo valor. Además, una parte de este se financia actualmente solo con la compensación municipal, dado que desde los primeros meses de 2024 fueron eliminados los subsidios provinciales y nacionales directos que se otorgaban a los servicios de transporte urbano.
Por otra parte, el municipio se encuentra adherido al sistema de abonos provinciales que benefician directamente a los usuarios del sistema de transporte urbano, y contempla los siguientes tipos de abonos: (i) Boleto Educativo Cordobés (BEC), (ii) Boleto Gratuito para Adultos Mayores (BAM), (iii), Boleto Social Cordobés (BSC), (iv) Boleto Obrero Social (BOS).Por lo expuesto, se propone mantener el esquema tarifario vigente en base al costo/pasajero transportado, que se expone nuevamente en la siguiente tabla:



