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Carlos Paz: el gobierno municipal presentó un proyecto para remodelar y concesionar la Sala de Convenciones

22 Ago 2025
Sandra Vaccarone
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#gobiernodeAviles, #lacyberfm

El Ejecutivo Municipal  presentó al Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz, un proyecto para remodelar y concesionar por 15 años la Sala de Convenciones.

En la nota ENVIADA POR EL EJECUTIVO AL CONCEJO DE REPRESENTANTES, especifica:  Tengo el agrado de dirigirme a ese Cuerpo a fin de elevar, para su tratamiento y eventual aprobación, un proyecto de Ordenanza que contempla el llamado a Licitación Pública para la ejecución del PROYECTO INTEGRAL DE REMODELACIÓN, ADECUACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN, EJECUCIÓN DE OBRA Y CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DEL CENTRO “ VCP CONVENCIONES”.-

La presente iniciativa tiene por objeto la remodelación y puesta en valor de la estructura funcional de la actual Sala de Convenciones, adecuándola a los estándares internacionales en relación a seguridad, disposición espacial, materiales constructivos y calidad de servicios para un Centro de estas características, a fin de acompañar las demandas del desarrollo cultural, social, urbano, turístico e institucional de la ciudad, respetando y potenciando su concepción original.-”

“El proyecto contempla la renovación integral del Centro “VCP Convenciones”, incluyendo áreas de intervención obligatoria y también etapas optativas”. “Como contraprestación, se otorgará al adjudicatario la concesión de la explotación del centro y de todos los servicios complementarios y publicitarios por un plazo determinado.”

Proyecto de Ordenanza:

CONCESION A 15 AÑOS

El Plazo de Concesión para el CENTRO VCP CONVENCIONES se establece en quince (15) años, contados desde la firma del Contrato de Concesión.

Las Obras de Construcción Obligatoria se deberán ejecutar en un Plazo máximo de ocho (8) meses, a partir de la firma del Acta de Iniciación de los Trabajos, que será suscripto dentro de los 60 días de firmado el Contrato de Concesión. Previo a cumplirse dicho plazo, el Concesionario podrá solicitar una extensión del mismo que no podrá superar los seis (6) meses, contados desde el vencimiento del plazo original.

OBRAS DE REMODELACIÓN OBLIGATORIAS

El Área afectada por las Obras de Remodelación Obligatoria se encuentra delimitada en Plano obrante en el presente Pliego como Anexo I y abarca la superficie ocupada por el edificio conocido como Salón de Convenciones, no incluyendo la batería de baños Públicos independientes, construidas a continuación de la pared sur del referido edificio. La propuesta deberá contemplar todos los aspectos tecnológicos, funcionales y formales aptos para lograr un mejoramiento de la calidad ambiental del establecimiento, debiendo resultar una intervención arquitectónica que ponga en valor del CENTRO VCP CONVENCIONES, en atención a su rol de hito urbano dentro de la Ciudad. La remodelación podrá implicar la modificación total de las actuales instalaciones, tanto en su conformación estructural como arquitectónica. Si la propuesta fuera la demolición y reconstrucción, la misma deberá abarcar como mínimo, la superficie total del actual emplazamiento. La volumetría, fachadas y terminaciones de las obras, ya sean de remodelación y/o ampliación deberán guardar correlación visual con el entorno y volumetrías, generado por el Estadio Arenas.-

Son de carácter obligatorio por parte del Oferente y formarán parte del proyecto de inversión de su Propuesta, la ejecución de las siguientes Obras:

  • Modernización del equipamiento existente.
  • El Centro de Convenciones VCP, deberá cumplir con los estándares estipulados para albergar eventos y congresos de nivel internacional.
  • El edificio existente, construido en hormigón pre fabricado a la vista podrá conservarse y ponerse en valor, admitiéndose su intervención o reemplazo parcial o total con una nueva propuesta formal – todo a criterio del proponente- siempre que mantenga como mínimo las superficies de terreno actualmente ocupadas.
  • Las construcciones interiores existentes podrán ser demolidas o adaptadas al nuevo proyecto, acorde a la capacidad del Centro de Convenciones VCP propuesta.
  • El proyecto deberá desarrollarse de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 4021 – Código de Edificación – de la ciudad de Villa Carlos Paz.-

OBRAS DE AMPLIACIÓN OPTATIVAS – ÁREA DISPONIBLE:

La Superficie de ampliación optativa se encuentra delimitada en Plano que obra en Anexo I del presente Pliego de Bases y Condiciones.-

En todo el sector de Ampliación Optativa, el Oferente podrá proponer nuevos servicios y locales, de características compatibles con el destino del CENTRO VCP CONVENCIONES. Se ponderará positivamente la presentación de un proyecto de obra que jerarquice el ingreso desde Av. Illia hacia el lago, unificando el acceso peatonal al polo deportivo, cultural compuesto por el CENTRO VCP CONVENCIONES, el Estadio Arenas VCP, el SkatePark y los servicios complementarios.

ARBOLADO PÚBLICO

En todo momento, se deberá contemplar la preservación y puesta en valor del paisaje existente, tanto del entorno inmediato como de las áreas adyacentes. El diseño deberá tomar en cuenta la presencia de estos árboles, evaluando con el área de Ambiente Municipal su reemplazo o reubicación de ser necesario.

SERVICIO GASTRONÓMICO AL PASO

La Concesionaria podrá explotar un servicio gastronómico de atención en barra, destinado a la venta de alimentos y bebidas de consumo inmediato, sin instalación de mesas ni sillas, entendido como “Café al Paso”. Los establecimientos deberán cumplir las condiciones previstas en las Ordenanzas N° 1715 y N° 4021 y demás normativa aplicable.

USO INSTITUCIONAL MUNICIPAL DEL CENTRO “VCP CONVENCIONES”

El concesionario está obligado a la cesión sin cargo de todas las instalaciones del Centro de Convenciones VCP al Gobierno de la Ciudad por el término de cuarenta y cinco (45) días por año para la realización de actividades que el Gobierno de la Ciudad determine.

A tal efecto, se deberán garantizar fechas anuales específicas para la realización de eventos municipales e institucionales de acuerdo al siguiente esquema:

Durante el mes de noviembre y diciembre de cada año, se deberán conservar:

– Al menos nueve (9) días hábiles, distribuidos a razón de tres días en semanas consecutivas que finalicen hasta el 15 de diciembre inclusive para la realización de eventos institucionales del municipio y/o organizaciones sin fines de lucro con domicilio en la ciudad de Villa Carlos Paz.

– Dos (2) días a convenir, con posterioridad al 15 de diciembre y hasta fin del mismo mes, para llevar adelante eventos institucionales contemplados en la grilla anual de la ciudad.

Durante el mes de febrero de cada año, se deberán conservar:

– Tres (3) días a convenir, con posterioridad al 15 de febrero y hasta fin del mismo mes, para llevar adelante eventos institucionales contemplados en la grilla anual de la ciudad.

Estas fechas serán informadas con antelación mínima de 30 días por parte del Departamento Ejecutivo Municipal al concesionario, para su debida reserva en el cronograma de uso del Centro.

El uso de las instalaciones por parte del Municipio incluirá todos los espacios e infraestructuras necesarias para el desarrollo de dichas actividades, en condiciones de uso pleno y con el mismo estándar técnico y operativo brindado a terceros.

 

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