El 1 de mayo es un feriado inamovible en la Argentina, en conmemoración del Día Internacional del Trabajador. Está establecida como jornada de descanso obligatorio por la Ley N.º 21.329, y tiene carácter de cumplimiento nacional en todos los sectores, tanto públicos como privados.
De acuerdo con el Ministerio del Interior, este día forma parte del grupo de feriados inamovibles definidos anualmente.
El 1 de mayo de 2025 caerá un día jueves. Será Feriado Nacional por el Día del Trabajador.
El viernes 2 de mayo de 2025 no será feriado nacional, sino un día no laborable con fines turísticos.
El Ministerio del Interior explicó que los días no laborables con fines turísticos “ya no son considerados feriados, sino jornadas similares a un asueto, y están destinados a fomentar la actividad turística en el territorio nacional, así como desestacionalizar el turismo interno”. Esto implica que, aunque no habrá actividad en el sector público, cada empleador podrá decidir si sus empleados trabajan o no.
La distinción entre un feriado y un día no laborable, sobre todo en términos legales y salariales es que por Ley de Contrato de Trabajo, los feriados nacionales son de descanso obligatorio y, si se trabaja, se paga doble. En cambio, los días no laborables son optativos en el ámbito privado y no se abonan con recargo, salvo que el empleador lo decida.
Por eso, aunque el 2 de mayo permita extender el descanso para muchos, no tiene las mismas garantías que un feriado puente tradicional, lo que genera un fin de semana largo para algunos y dudas para muchos otros.



