El Concejal Carlos Quaranta (CPI) solicita convocar al Secretario General y de Vinculación Institucional, Sr. Juan Manuel Lucero, para que informe y explique algunos temas relacionados con la intención del Ejecutivo municipal de “cerrar un tramo de la Costanera” entre las 00:00 a 06:00 horas, debido al descontrol vehicular. Además solicita que informe que pasó con la cartelería colocada y luego aparentemente retirada del sector.
La sesión del Concejo de Representantes se realizará este jueves 11 de abril a las 18:00 horas.

Concejal CARLOS QUARANTA (CPI)

Secretario General y de Vinculación JUAN MANUEL LUCERO
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La colocación y posterior retiro de cartelería en la costanera en la intersección con calles Medrano, Nahuel Huapi y Comechingones que prohibía la circulación vehicular en un sector de la calle Costanera durante la franja horaria de 00:00 a 06:00 horas; y
CONSIDERANDO:
Que la ciudadanía en general ha podido observar hace varias semanas la colocación de columnas con cartelería en el sector de la costanera de la ciudad en las intersecciones de Avenida Cabrera con calle Medrano; y Avenida Atlántica con calles Nahuel Huapi y Comechingones que prohíben la circulación vehicular en esa zona desde 00:00 a 06:00 horas.
Que en declaraciones públicas formuladas por el Sr. Secretario General y de Vinculación Institucional el día 13 de febrero del corriente año en nota periodística en el Canal Telefé Córdoba, en el marco del tratamiento de la problemática que significa la conducción peligrosa de motos en el sector, indicó que el Sr. Intendente había enviado el día anterior un proyecto de Ordenanza relativo a la decisión de cerrar un tramo del final de la costanera.
Qué, de igual manera se hizo conocer la iniciativa en la página de noticias Carlos Paz Vivo, el funcionario informó “Estamos esperando que antes de fin de mes podamos hacer efectiva esta peatonalización, una vez que sea aprobado el proyecto de ordenanza en el Concejo”, explicó Lucero. Asimismo, indicó que deben realizarse obras de infraestructura básicas, colocando cadenas para cerrar el paso a vehículos y así favorecer el uso peatonal del lugar.
Que según se desprende de diversas consideraciones públicas de los funcionarios responsables, la medida se justifica en la necesidad de mitigar el descontrol vehicular, especialmente de motocicletas con escapes modificados y conducción peligrosa, así como automóviles, en la mencionada zona.
Que este tipo de restricciones de carácter permanente sobre bienes de dominio público municipal, aunque sea por un período horario, en este caso al derecho a circulación en la vía pública deben ser debidamente analizadas y aprobadas por el Concejo de Representantes, garantizando la participación y el debate de todos los sectores involucrados.
Que desde nuestro conocimiento el proyecto informado por el funcionario nunca ingresó al Concejo de Representantes, nunca tomó estado legislativo y mucho menos tuvo tratamiento alguno; resultando llamativo que se hayan autorizado y avanzado en gastos y obras sin la debida aprobación legislativa de la medida.
Que la restricción vehícular propuesta fue ampliamente debatida por la ciudadanía, evidenciándose el rechazo y el reclamo de afrontar la problemática con otras herramientas de control y sanción, entendiendo que el uso de los espacios públicos es esencial para la vida comunitaria, constituyendo un ámbito de encuentro, recreación, circulación y ejercicio de derechos ciudadanos tal como lo refleja el artículo 26 de la COM entre otros.
Que desde nuestra perspectiva, el cierre de este tramo de la vía pública de ninguna manera resolverá el problema de fondo, pues los excesos y violaciones de las normas vigentes por parte de los motociclistas se trasladará a otro sector de la costanera (ya sea en zona centro, Playas de Oro, Fantasio) o a otros barrios residenciales, sin dar una solución efectiva a los problemas de convivencia y seguridad.
Que la problemática del descontrol vehicular, compleja por cierto, requiere una solución integral y coordinada, basada en el control efectivo y la aplicación de sanciones, siendo inconducente la restricción del uso del espacio público en determinado lugar, pues el problema seguramente se va a desplazar a otro lugar sin resolverlo de fondo.
Que la opinión de especialistas en seguridad urbana, indican que la solución debería centrarse en fortalecer los controles efectivos y la presencia de inspectores y fuerzas de seguridad en los espacios públicos en horario nocturno, en modo permanente; acompañándose siempre con campañas de educación vial en diversos ámbitos de la comunidad.
Que la falta de efectivización del cierre anunciado y la posterior desaparición de la cartelería instalada, vinieron acompañado de declaraciones de la responsable del área Seguridad Urbana quien afirmó, en relación a esta zona, “Estamos haciendo un cerrojo para poder mantener la situación controlada en ese sector. Por el momento no se sabe si habrá otra acción”.
Que estás expresiones donde la propia responsable dice no saber si habrá otra acción, y los aparentes cambios de rumbo en las decisiones operativas provocan en los vecinos incertidumbre respecto de la planificación real y efectiva de los funcionarios responsables.
Que en el estado de situación es importante poder conocer qué acciones está llevando adelante el área competente en relación a esa grave problemática, como así también si la decisión de restringir el tránsito en el sector solo ha sido postergada o es definitiva, y en su caso el destino de los recursos públicos empleados en la señalización que ahora no sería utilizada.
Que en ese contexto es que entendemos necesario convocar al Sr. Secretario General y de Vinculación Institucional, de quien depende las áreas de control municipal a concurrir al recinto del Concejo de Representantes en el marco de lo previsto en la Carta Orgánica Municipal -artículo 121, inciso 31°-.
Por todo lo expuesto el Concejal Carlos Quaranta del Bloque Carlos Paz Inteligente, propone la Aprobación del siguiente Proyecto de Resolución:
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- CONVOCAR al Secretario General y de Vinculación Institucional, Sr. Juan Manuel Lucero, al recinto de sesiones del Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz, el día 18 de abril de 2025 a las 18 horas, quien conforme lo establece la establece la Carta Orgánica Municipal en el artículo 121, inciso 31, deberá suministrar informe conforme lo requerido en la presente.
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que, según lo establece el artículo 121, inciso 31 de la Carta Orgánica Municipal, los puntos sobre los que deberá suministrar la información conforme lo dispuesto en el Artículo 1° serán los que a continuación se detallan:
a) Informe si efectivamente el Sr. Intendente envió un proyecto de Ordenanza a este Concejo para tratar la restricción vehicular en el sector de costanera. En caso afirmativo, indicar cuándo fue girado;
b) Acompañe, si los hubo, los análisis o estudios técnicos que se realizaron con el fin de evaluar la posibilidad de implementar la restricción vehicular, su efectividad, el impacto en el tránsito y la actividad de la zona; como así también sus consecuencias indirectas en otros sectores de la ciudad;
c) Informe sobre el costo total de la elaboración, impresión e instalación de la cartelería que anunciaba la prohibición de circulación en la Costanera. Especificar quién autorizó dicho gasto y con qué partida presupuestaria se afrontó;
d) Informe el motivo por el cual se decidió retirar la cartelería instalada sin que la medida de restricción se haya efectivizado;
e) Informe cuál es la postura definitiva del Departamento Ejecutivo Municipal respecto a la restricción vehicular en el sector de la Costanera. Indicar si se ha postergado y/o descartado definitivamente y si se evalúan otras alternativas;
f) Informe las medidas concretas previstas o implementadas para coordinar con la policía de la provincia la realización de controles vehiculares (motos con escapes libres, conducción peligrosa, automóviles) en la costanera y otros puntos de la ciudad;
g) Informe de qué manera se coordina la participación del centro de monitoreo en la planificación, seguimiento y sanción de la violación de las normas del código de convivencia;
h) Informe si el servicio de atención al público las 24 horas que se brinda a través de la línea de WhatsApp número 3541 528817 ha mejorado la capacidad de control;
i) Informe en detalle la organización y funcionamiento del área Seguridad Urbana: cantidad de agentes disponibles, distribución de horarios y funciones, protocolos de actuación si los hubiere, cantidad de vehículos y demás elementos técnicos afectados al área, organización y ejecución de controles, proceso de recepción, derivación y control de denuncias recibidas, y toda otra información adicional que pudiere ser relevante;
j) Informe si se han incorporado dispositivos digitales móviles a los fines de la constatación de infracciones;
k) Especifique cuántos decibelímetros debidamente homologados y en funcionamiento tiene el área de control;
l)Informe las estadísticas relativas a controles y sanciones realizados en el marco de los operativos de saturación que se realizan;
m) Explique si se proyectan medidas para fortalecer los mecanismos de control para acrecentar su eficiencia y efectividad a los efectos de abordar el problema del descontrol vehicular sin necesidad de restringir el derecho de circulación de los vecinos en el espacio público.
ARTÍCULO 3°. DE forma.


