De acuerdo al Código Nacional Electoral, 48 horas antes de la votación comienza la veda electoral.
El próximo domingo 19 de noviembre se celebrará la segunda vuelta electoral o balotaje 2023, se define quién será el presidente y vicepresidente de la Nación por los próximos cuatro años. Los candidatos son: el actual ministro de Economía y postulante de Unión por la Patria, Sergio Massa y el diputado nacional y líder de La Libertad Avanza, Javier Milei
¿Qué no se puede hacer durante la veda?
Durante la veda electoral, hay una serie de actividades que quedan estrictamente prohibidas. A continuación, te detallamos algunas de las más importantes:
- Actos de campaña y proselitismo: no se pueden realizar actos públicos de campaña ni cualquier otra actividad proselitista, como por ejemplo, realizar entrega de boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación.
- Venta de bebidas alcohólicas: está prohibido que abran los negocios destinados al expendio o venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
- Espectáculos y reuniones públicas: no se pueden realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Publicación de encuestas: está prohibida la difusión de encuestas y sondeos preelectorales, así como proyecciones sobre el resultado de la elección.
- Portación de armas y distintivos partidarios: a los electores se les prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección y hasta 3 horas después de finalizada.
Multas por incumplir la veda
El incumplimiento de la veda puede llevar a sanciones que varían según la falta. Pueden ir desde multas económicas hasta penas de prisión.
Los electores pueden tener como sanción el pago de multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.
La veda electoral restringe la venta de bebidas alcohólicas desde las 12 horas anteriores al inicio de la elección. Una vez cerrado los comicios, habrá que esperar 3 horas para poder reiniciar su comercialización.
Por ejemplo, a quien venda bebidas alcohólicas durante el período de prohibición le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.