“La idea es facilitar la vida cotidiana del vecino brindándole la posibilidad de recargar la tarjeta desde su casa, desde su computadora o celular” señaló Quaranta
El Concejal Carlos Quaranta –Carlos Paz Inteligente-, presentó un proyecto de Ordenanza para avanzar con la implementación de una alternativa que permita la recarga de la tarjeta electrónica utilizada en la actualidad en el sistema de Transporte Urbano de Pasajeros a través de sistemas o medios de pago electrónicos – virtuales.
“La idea es facilitar la vida cotidiana del vecino brindándole la posibilidad de recargar la tarjeta desde su casa, desde su computadora o celular, con diversos medios de pago, como sucede con la tarjeta SUBE utilizada fundamentalmente en Capital y provincia de Buenos Aires, que ya dispone de medios de recarga a través de billeteras virtuales y homebanking; brindándole así al vecino una nueva posibilidad que se suma al sistema de recarga en puntos físicos existente hoy, que seguirá vigente”, explicó Quaranta
El proyecto sostiene, entre otros argumentos, “la adecuación de la prestación de los servicios públicos a los avances tecnológicos debe pensarse en función de facilitar al usuario la resolución de una situación con distintos medios siempre que ello sea posible y, en este caso, no parece haber obstáculos que lo impidan.”
Consultado por el proyecto, Quaranta señaló: “Desde Carlos Paz Inteligente siempre hemos tenido una agenda de innovación, pensando en cuáles pueden ser los instrumentos tecnológicos disponibles que puedan ponerse al servicio de las personas y, de este modo, construir una ciudad que no entorpezca más sus vidas y su tiempo, sino que le ofrezca alternativas que faciliten su pleno desarrollo. Hoy no hay banco que no tenga una billetera virtual, así como también existen otras billeteras virtuales no bancarias, lo importante en todos los casos es que adaptemos los servicios públicos a esta realidad que llegó para quedarse y que en muchos aspectos nos facilita la vida”.
De ser aprobado, la propuesta plantea que el sistema deberá estar operando en un plazo no mayor a 60 días hábiles.
PROYECTO DE ORDENANZA COMPLETO
Visto
La necesidad de avanzar con la implementación de la alternativa de recarga de la tarjeta electrónica utilizada en la actualidad en el sistema de Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus a través de sistemas o medios de pago electrónicos – virtuales; y
Considerando
Que en diversas oportunidades usuarios del transporte urbano de pasajeros han expresado que las bocas de recargas de tarjetas no son suficientes para posibilitar que vecinos de distintos barrios puedan acceder a la misma de manera sencilla y práctica.
Que durante la temporada de verano se presentaron para nuestros visitantes dificultades para trasladarse en Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus por la alta demanda estacional, las complejidades que presenta el tránsito en esta época, como así también por los inconvenientes para adquirir y recargar la tarjeta electrónica.
Que por estos motivos y con el fin de incorporar al sistema de Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus los avances que ofrece la tecnología, es imprescindible poner en marcha un primer proceso que posibilite paulatinamente la aplicación de medios de pago electrónicos – virtuales para la recarga de la tarjeta electrónica.
Que en la actualidad existe gran probabilidad que un usuario eventual del servicio de Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus tenga a disposición en su teléfono inteligente la app de un banco o alguna billetera electrónica o virtual a través de la cual realiza operaciones y pagos de distinta índole, motivo por el cual la adecuación de los servicios públicos a los avances tecnológicos deben pensarse en función de facilitar al usuario la resolución de una situación con distintos medios siempre que ello sea posible y, en este caso, no parece haber obstáculos que lo impidan.
Que aún cuando pudieran habilitarse más bocas de recarga de la tarjeta electrónica en distintos puntos de la ciudad, resulta igualmente propicio implementar los medios tecnológicos disponibles que permitan a los usuarios optar por realizar recargas de la tarjeta electrónica de manera electrónica – virtual, desde su casa, desde su celular, abonando por medio de billeteras virtuales, homebanking o apps de bancos.
Que, según declaraciones del Gerente de Car Cor Urbano Sr. Marcos Alladio, “en todos los puntos de recarga se puede adquirir la tarjeta y cargar saldo. Puede que en los puntos se complique conseguir la tarjeta a veces, porque es un insumo importado que llega poco y tratamos de proveerlo de la manera más equitativa posible; pero en la terminal siempre hay disponibilidad” (ver nota en https://www.carlospazvivo.com/transporte-urbano-de-carlos-paz-donde-comprar-la-tarjeta-y-como-utilizar-el-servicio-si-sos-turista/)
Que, de acuerdo a las declaraciones del Gerente de Car Cor Urbano citadas en el considerando precedente, si el insumo principal para abonar el pasaje en el Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus es un recurso escaso porque es importado y “llega poco”, es razonable que, además de lo propuesto en esta oportunidad, se comience a estudiar la posibilidad de implementar con el tiempo medios de pago digitales alternativos que tiendan a resolver esta problemática
Que por los motivos expuestos y ante la necesidad de brindar soluciones que hoy son más accesibles tanto para los usuarios regulares, como los eventuales y visitantes del Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus, resulta fundamental avanzar en la implementación de alternativas de medios de recarga virtuales o electrónicos que modernicen el sistema y presenten opciones que hoy son de uso corriente para una gran cantidad de personas.
Por todo lo expuesto el Concejal Carlos Quaranta del Bloque Carlos Paz Inteligente, y demás concejales que deseen acompañarlo, propone la Aprobación del siguiente Proyecto de Ordenanza:
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- DISPONER la implementación de medios electrónicos o virtuales que permitan abonar la recarga de la tarjeta electrónica tanto para los usuarios regulares, eventuales y visitantes del Transporte Urbano de Pasajeros mediante Ómnibus.
ARTÍCULO 2°.- ESTABLECER un plazo de sesenta (60) días hábiles para la implementación de la presente Ordenanza destinados a habilitar los medios de pago electrónicos o virtuales para recargar la tarjeta electrónica.
ARTÍCULO 3º.- DISPONER que, una vez implementado el nuevo sistema de recargas de tarjetas, se realizará una amplia difusión comunicándose de manera efectiva en todas las unidades afectadas al servicio, como así también en los distintos medios de difusión oficiales de la empresa concesionaria y del Municipio.
ARTÍCULO 4°.- De forma.