La medida fue oficializada este martes en el Boletín Oficial mediante la Resolución ministerial N° 371, que lleva la firma del titular de la cartera sanitaria, Diego Cardozo.
El COE había nacido en marzo de 2020, con el objetivo oficial de “concretar la planificación, organización, coordinación y control de acciones referidas a los eventos adversos relacionados con la pandemia provocada por La Covid-19”.
El Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba determinó finalizar con las tareas realizadas por el COE debido a la baja de casos e internaciones, situación generada principalmente por la vacunación masiva
La resolución
La parte resolutiva del documento publicado este martes por la Dirección General Legal y Técnica provincial indica lo siguiente en sus cinco artículos:
Artículo 1°: Dáse por concluida las funciones del Centro de Operaciones de Emergencia (C.O.E.) y en consecuencia, déjanse sin efecto a partir de la fecha del presente Instrumento Legal, las Resoluciones Ministeriales Nros. 311/2020, 382/2080 y 18/2021; en virtud de los Considerandos dados la presente Resolución.
Artículo 2°: Dispónese que a partir de la fecha del presente Instrumento Legal los registros de Protocolo del Centro de Operaciones de Emergencia (COE) deberán ser remitidos a la mayor brevedad a la Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud a los fines de que la misma resuelva la modificación y/o vigencia de los mismos; en el marco de lo dispuesto en la Resolución Nro. 458/2020, la que, a partir de la fecha de la presente, se deja sin efecto.
Artículo 3°: Déjase sin efecto los Pase en Comisión dispuestos oportunamente, de los distintos agentes de esta Cartera Ministerial para el desempeño/prestación de funciones en el Centro de Operaciones de Emergencia (C.O.E.), que oportunamente fueran dispuestos y en idéntico carácter en los C.O.E. Regionales y Departamentales.
Artículo 4°: Dispónese que a partir de la fecha de esta Resolución, la totalidad de los efectores públicos, privados, Instituciones de la Seguridad Social; como así, Establecimientos Penitenciarios y Complejos Carcelarios, retomarán la dirección de los mismos; en coordinación con las Secretarías de Salud y de Prevención y Promoción de la Salud de esta Jurisdicción Ministerial, para todo lo que fuera menester.
Artículo 5°: Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, notifíquese al Centro de Operaciones de Emergencia (C.O.E) y archívese.


