En duros términos le contestó Rodrigo Serna al ejecutivo que le exigía definiciones al candidato en relación a que exponga su postura para determinar si se desarrolla o no la elección a Defensor del Pueblo, mientras que quien tiene la responsabilidad de esa definición no asume sus obligaciones, léase Ejecutivo Municipal y Concejales.
“Estamos frente a una clara falta grave sobre su actuación en la elección del defensor del Pueblo, Lo cual encuadraría en la figura de falta a los deberes de funcionario publico además de la utilización del Consejo de Representantes como una escribanía suya solamente cuando Ud.. ,máxima autoridad de la ciudad, los hace participe por cuestiones que de su propia impericia. ”
Lo notifico por la presente ante la misiva recibida por nuestro Partido Popular, ¨Carlos Paz Somos Todos¨, por parte de la presidenta del Consejo de representantes, ya respondida, por traslación incorrecta e inconstitucional de deberes propios de vuestra investidura. y me refiero a Ud. en estos conceptos sobre nuestros puntos a tener en cuenta.
A.- A los puntos A, B, C, D, E, F, de la primera parte respondemos que es responsabilidad suya, facilitarle en todo lo que la junta electoral necesite para la realización de la elección a defensor del pueblo, mas allá de la fecha a realizarse, puesto que es, el responsable directo según COM para el cumplimiento de la misma.
B.- En este contexto de pandemia y atento a que la JEM detalla en el Auto Interlocutorio numero nueve una serie de puntos que según la Junta son imposibles de concretar solicito a Ud.. como responsable del departamento ejecutivo que ayude a lograr cumplir con las cuestiones necesarias para la realización de la elección tal cual consta en la carta orgánica en cuanto las condiciones técnicas y sanitarias así lo permitan.
C.- Sumado a esto y paso a referirme sobre la segunda parte del AUTO INTERLOCUTORIO numero 9 donde se refiere a la falta de publicidad por parte del ejecutivo municipal, o sea suya, lo insto a que cumpla desde mañana mismo con lo pautado en cuanto a la campaña para la elección a defensor del pueblo, mas allá de la fecha de la elección. Teniendo en cuenta que seria muy conveniente que la gente se vaya interiorizando acerca de las posibilidades que en defensa del ciudadano tiene el defensor del pueblo, y hasta podría encuadrarse en una campaña de concientizacion en conjunto con el conocimiento de la COM.
D.- Estamos frente a una clara falta grave sobre su actuación en la elección del defensor del Pueblo, Lo cual encuadraría en la figura de falta a los deberes de funcionario publico ademas de la utilización del Consejo de Representantes como una escribanía suya solamente cuando Ud.. ,máxima autoridad de la ciudad, los hace participe por cuestiones que de su propia impericia.
E.- Nuestra agrupación, esta atendiendo al cumplimiento de la ley en este caso la COM, y teniendo en cuenta la preservación de la vida por sobre todas las cosas
La solución la tiene Ud., en sus manos, puesto que la puesta en marcha de esta elección parte de un decreto de su autoría. Para su conocimiento un decreto es un acto administrativo promulgado por el poder ejecutivo sin necesidad de ser sometido al órgano legislativo por lo cual es objetable que luego de no haber cumplido con sus funciones de funcionario publico se lo derive al órgano legislativo.
En estos tiempos de Pandemia cuando Carlos Paz esta con alerta sanitaria y existe un conflicto con los médicos de nuestra ciudad es imperioso que actué con la celeridad que los tiempos lo imponen.
Primero solucionado el conflicto de la salud en el cual su gobierno esta desconociendo ordenes judiciales.
Segundo bregando por dar soluciones a las decenas de sectores que están reclamando la presencia hasta ahora ausente del estado.
Tercero analizar el decreto de llamado a elecciones y sus consecuentes avances hacia la concreción de la misma, de no ser así, debería suplantarlo con otro decreto que contemple esta situación sanitaria para el posible traspaso de las elecciones por las cuestiones mencionadas por la JEM, en las cuales existen cuestiones que Ud.,. no cumplio, ademas de la situación sanitaria en la cual Ud.. tiene una total injerencia sobre el conflicto por no acatar la orden de la justicia .