Sistema único de Turnos – Preservar todas las prestaciones médicas, con el cuerpo profesional necesario- Dejar sin efecto las facultades especiales otorgadas al Intendente Gomez Gesteira.
El Concejal Carlos Quaranta, junto a los ediles Lassaga, Ribetti y Molina, presentaron un proyecto para generar un sistema que resuelva de manera definitiva los turnos del Hospital. El proyecto también propicia sostener todas las especialidades médicas y profesionales necesarios durante la emergencia sanitaria, y ponerle fin a las facultades especiales otorgadas al Intendente Municipal para asignar partidas presupuestarias.
El Concejal Carlos Quaranta presentó, junto a ediles de las minorías, un proyecto de ordenanza donde se propone un “Sistema Único de Turnos” para sistematizar y brindar una adecuada organización a la prestación del servicio de salud en el Hospital Gumersindo Sayago. Al respecto el edil manifestó: “Desde hace años escuchamos a las vecinas y vecinos de la ciudad reclamar por un sistema de turnos que evite las largas colas a la madrugada, sufriendo las inclemencias del tiempo y, en muchas ocasiones, sin obtener ningún resultado. Este proyecto no es más que la respuesta más adecuada a una problemática desatendida constantemente por el Ejecutivo Municipal a lo largo de todos estos años”.
La propuesta abre la posibilidad de acceder a los turnos de todas las especialidades a través de la Página Web, de una App, un teléfono exclusivo para turnos, y un WhatsApp exclusivo, lo que debe sintetizarse en un único sistema de registro y control, que permitirá el seguimiento estadístico y la posibilidad de cancelación y adelanto de turnos.
Por otro lado, el proyecto también busca resguardar que no se vea resentida la atención sanitaria por disminución de profesionales u otras cuestiones. “No podemos, en medio de una crisis tan grave, dejar a las vecinas y vecinos haciendo colas a la intemperie para obtener un turno médico o decirles que no van a poder seguir atendiéndose con su médico especialista porque no se le renovó el contrato. Es una medida insensible desde lo humano y que vulnera principios establecidos en la Carta Orgánica Municipal que expresamente hacen hincapié en una mirada preventiva e integral de las políticas públicas en materia de salud. No puede ser que una mujer embarazada o con niños pequeños o un adulto mayor hoy, tengan que hacer colas a la madrugada por un turno que, muchas veces, ni siquiera consiguen”, refirió el concejal de Carlos Paz Inteligente.
También se propone dejar sin efecto las facultades especiales otorgadas al Intendente Municipal para asignar recursos durante la pandemia, “en el mes de marzo el Concejo de Representantes le otorgó, por unanimidad, facultades especiales al Intendente municipal para reasignar recursos en forma ágil, con la idea de que se refuerce el sistema sanitario y ofrecer un mejor servicio de salud a la ciudadanía, pero no para disponer achicamiento cuando más lo necesita la gente”, agrego Quaranta.
“Han pasado más de cien días desde el inicio del aislamiento social. Todo ese tiempo, tanto el Estado Nacional como el Provincial generaron múltiples instrumentos para responder a esta situación, y estamos convencidos que en especial en estos momentos más agudos, el Municipio debe acompañar con políticas sanitarias que más que nunca ayuden a los carlospacenses”.
PROYECTO DEL CONCEJAL QUARANTA
Artículo 1°.- DISPÓNESE la creación de un “Sistema Único de Turnos” para el Hospital Gumersindo Sayago. El sistema deberá permitir que el ciudadano pueda solicitar el turno por distintas vías alternativas, pero bajo un único sistema de control y registro. El sistema será instrumentado por el DEM bajo las siguientes premisas:
- Deberá habilitarse en la página web municipal un link específico para el turnero digital, el que deberá contemplar todas las especialidades médicas.
- Deberá crearse y habilitarse una APP que permita acceder al turnero digital, el que deberá contemplar todas las especialidades médicas.
- Deberá habilitarse un número de teléfono único y específico para turnos y otras cuestiones atinentes solo a la prestación de salud municipal, que deberá funcionar las veinticuatro horas (24hs).
- Deberá habilitarse un número de WhatsApp único y específico para turnos y otras cuestiones atinentes solo a la prestación de salud municipal.
- Todos los sistemas descritos Web, App, atención telefónica y atención por WhatsApp deberán reflejarse de manera inmediata en un único sistema de otorgamiento, registro y confirmación de turnos.
- El “Sistema Único de Turnos”, deberá incorporar la posibilidad de otorgamiento, registro y confirmación de turnos paras las prestaciones en los distintos Dispensarios y Centros de salud.
- El sistema de otorgamiento, registro y confirmación de turnos deberá contar con mecanismos de control que imposibiliten el otorgamiento de turnos por fuera del sistema, evitando así que pueda perjudicarse la organización y transparencia que deberá instrumentarse.
- El sistema dispondrá mecanismos ágiles de validación de identidad para el otorgamiento de turnos, que no impliquen la necesaria concurrencia personal del requirente, con anterioridad a la fecha del turno otorgado para la concurrencia a la prestación médica acordada.
- El sistema preverá la posibilidad de cancelación de turnos por parte del paciente ante situaciones imprevistas, a cuyos fines podrá realizarlo por la misma vía que requirió el turno.
- Se llevará un registro de aquellos pacientes que de manera injustificada tomaron un turno y no concurrieron, sin efectuar el aviso o cancelación correspondiente, para instrumentar medidas al respecto. Quedarán a salvo cuestiones de fuerza mayor o imposibilidad de efectuar la comunicación.
- La autoridad desarrollará un sistema estadístico que permita establecer parámetros para desarrollar mejoras continuas en el sistema de salud municipal.
Artículo 2°.- ESTABLÉCESE que, mientras dure la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19, el DEM deberá preservar todas las prestaciones médicas, con el cuerpo profesional necesario conforme los principios de la Carta Orgánica Municipal, a los fines de que la ciudadanía cuente con una adecuada organización del servicio de salud municipal.
Artículo 3°.- DERÓGASE el artículo 2° de la Ordenanza N° 6619.