Tendrá 19 feriados y 3 “puente”
A su vez, habrá 15 más que abarcarán solamente a la comunidad judía, islámica y armenia. Cabe destacar que la legislación argentina marca una diferencia entre feriados inamovibles, trasladables y días no laborables.
El detalle es el siguiente.
- Enero, el primer mes del año, sólo tendrá un feriado, el martes 1° de enero, Año Nuevo.
- Febrero no tendrá feriados.
- Marzo: serán feriados el lunes 4 y el martes 5 por carnaval y el domingo 24, por el Día nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
- Abril: el martes 2 es feriado por el Día del Veterano y de los Caídos en Malvinas y el viernes 19, Viernes Santo. Además, los días 19, 20, 21, 25, 26 y 27 son las Pascuas Judías.
- Mayo: el míércoles 1 es el feriado por el Día del Trabajador y el sábado 25 de mayo, feriado por la conmemoración de la Revolución de Mayo.
- Junio: el martes 4 de junio es un día no laborable para la comunidad islámica por la Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán, el lunes 17, feriado por el Paso a la inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes y el jueves 20, feriado por el Paso a la inmortalidad de Manuel Belgrano.
- Julio: el lunes 8, feriado puente y el martes 9, feriado por el Día de la Independencia.
- Agosto: el sábado 17 se conmemora un nuevo aniversario de la muerte del General José de San Martín y pasa al lunes 19, por motivos turísticos. El sábado 31 es el año nuevo islámico.
- Septiembre: no tiene feriados nacionales, pero el domingo 29 y el lunes 30 se celebran el Año Nuevo Judío.
- Octubre: el martes 1 es el Año Nuevo Judío. El martes 8 y el miércoles 9 la comunidad judía celebra el Día del Perdón. El sábado 12 es el Día del Respeto a la Diversidad Cultural y pasa para el lunes 14, feriado por motivos turísticos.
- Noviembre: es feriado el lunes 18, el Día de la Soberanía Nacional.
- Diciembre: el domingo 8 es feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María y el miércoles 25, feriado por Navidad.
Los feriados inamovibles y los feriados trasladables se rigen por la ley 27.399, sancionada por el Congreso en 2017. Los días no laborables surgen de distintas normas: Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
(Fuente www.perfil.com).