• Inicio
  • Escuchar online
  • Portada
  • Noticias
    • Notas curiosas
    • Comunidad Española/Argentina
    • Comunidad Italo/Argentina
  • Escuchar online
    • Leer en Facebook
    • Principal
    • Auxiliar 1
    • Auxiliar 2
  • Opinión
  • Quienes Somos
    • Nuestra Programacion
    • Comerciales recomendados
  • Blog
  • Archivo de audios

Aerosilla’ Expropiación ‘¿por qué pagar lo que se puede obtener sin costo? ¿otro “Capricho Avilés”? o ¿hay algo más?

17 Mar 2018
Diego Truccone
1
#avilesCumpliConLasOrdenanzas, #gobiernodeAviles, #lacyberfm, #turismocarlospaz, #vecinos reclaman, #VecinosCarlosPaz
  • ¿Por qué PAGAR POR  310.000M2 CUANDO PODEMOS TENER 308.700M2 SIN COSTO? Esta es una respuesta que todavía no encontramos.

La empresa Aerosilla SAIC formalizó este viernes la presentación de un “acuerdo definitivo “para terminar rápida y democráticamente con el conflicto por la expropiación propuesta por la municipalidad a la empresa. Y finaliza el comunicado “La propuesta que le acercamos a la municipalidad y al Concejo de Representantes tiene como fin terminar con una disputa que solo lastima a Carlos Paz”

Entrando en tema.

Según El Proyecto de Ordenanza de DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETAS A EXPROPIACIÓN, que se beberá debatir en el concejo y ya tomo estado legislativo en la comisión de …,

En su artículo 1 inciso 1 “Fracción comprendida…”” … con una superficie aproximada de 31 Ha.1.778,65 m2”

n.de la r.: Parecería que aquí podría estar el problema.

En el Articulo 2 del mismo proyecto de Ordenanza dice respecto a este inciso: La fracción descripta en el párrafo 1.-) del Artículo Primero de la presente Ordenanza será destinada a Parque para la preservación del Bosque Serrano, de dominio público municipal y con destino didáctico de divulgación ambiental, todo ello de acuerdo a lo determinado como uso del suelo para el Área Protegida (AP) Intangible por la Ordenanza 4021…”

En su artículo 1 inciso 2 “Fracción comprendida …. con una superficie aproximada de 1.240,97m2.”

El mismo Proyecto en su artículo 2 “La Fracción descripta en el párrafo 2 del Artículo Primero de la presente Ordenanza será destinada a calle pública y futuro acceso al Vía Crucis. –

n.de la r. Esto no parecería tener inconveniente alguno.

 

Vecino preocupado realizo este video – aunque no es exactamente asi, en un futuro podria ser o no . Link al video.

Regresemos a las 31 has del proyecto, (artículo 1 inciso 1).

Es muy probable que allí se encuentre el salón de Fiestas y convenciones, que dicen desde la Empresa, “desde Hace seis (6) largos años que peregrinamos ante la Municipalidad con todos los medios posibles para lograr la habilitación del Salón, en la que NUNCA FUIMOS ANTENDIDOS POR EL SR. AVILES. Siempre la respuesta del Municipio se basó en evasivas o doble discursos.”

¿Porque allí podría estar el “Problema”?

Con esta propuesta ingresada el Viernes Pasado, claramente la Empresa propone donar la superficie de tierra que el municipio quiere expropiar, exceptuando en esa donación el área comprendida por el salón de Fiestas y Convenciones-  Es decir 31 has o 310.000 m2 que se pretenden expropiar menos los aproximadamente 1.300 m2 que ocupa el salón.

Lo que nos daría aproximadamente una donación de 308.700 m2.

¿otro Capricho Avilés? o ¿hay algo más?
  • ¿Por qué PAGAR POR  310.000M2 CUANDO PODEMOS TENER 308.700M2 SIN COSTO? Esta es una respuesta que todavía no encontramos.
  • La empresa Aerosilla en estos 60 años ¿ha descuidado el predio, el bosque, la montaña, ha tenido actos de irresponsabilidad por incendios, ha violado ordenanzas y tiene a actas de clausuras y reiteradas violaciones (como en otros complejos comerciales disfrazados de deportivos y siguen funcionando)? Hasta donde pudimos averiguar, la Aerosilla tiene respuestas negativas a estas preguntas.
  • ¿De no aceptar esta donación propuesta, el Municipio ¿demolerá el salón de fiestas y eventos que desde el 2012 no habilita? ¿Lo concesionara por años para que se desarrollen allí actividades como en el “aula ambiental”? que por cierto bastante descuidada estuvo (Ver link a fotos del aula ambiental enero de 2016 ). Más preguntas sin respuestas, todavía.
  • Por qué en el proyecto de Ordenanza, el Propio Avilés no cumple con la ordenanza 3942 ?
  • Dice en su Artículo 2º.- El Proyecto de Expropiación de Inmuebles elevado por el Departamento Ejecutivo o por el Concejo Deliberante para su tratamiento legislativo deberá incluir obligatoriamente como antecedentes:
  1. Informe del Organismo competente Municipal sobre la titularidad de dominio del inmueble respectivo en los últimos cinco años.
  2. Mención de gravámenes, si los hubiere, y de otros datos relevantes sobre el dominio del inmueble.
  3. Valuación provincial del inmueble de los últimos cinco años, expresando en su caso las causales del incremento de valuación del mismo.
  4. Informe del Organismo Fiscal Municipal, Gas y Agua Corriente sobre el estado de deuda, a la fecha de inicio del trámite, del inmueble referido.

LA EMPRESA AEROSILLAS SAIC PRESENTÓ A LA MUNICIPALIDAD DE CARLOS PAZ UN NUEVA INSTANCIA DE NEGOCIACIÓN.

  • Desde Aerosillas SAIC informamos a la prensa que presentamos a la Municipalidad de Carlos Paz una instancia de negociación (se adjuntan notas) para terminar rápida y democráticamente con el conflicto por la expropiación propuesta por la municipalidad a nuestra empresa.
  • Desde la empresa tenemos el mayor respeto por la figura del Intendente Esteban Aviles y su gestión municipal, pero no entendemos como se pueden gastar millones de pesos en expropiar tierras privadas cuando ese dinero se debería destinar al arreglo de calles, a la construcción de cloacas, a la instalación de más cámaras de seguridad, etc…
  • También tememos por la continuidad de la AEROSILLA, que es un punto turístico destacado en Carlos Paz y en Córdoba. Nuestra empresa genera más de 90 puestos de trabajos directos e indirectos y tememos por ellos.
  • La propuesta que le acercamos a la municipalidad y al Concejo de Representantes tiene como fin terminar con una disputa que solo lastima a Carlos Paz
  • Somos una empresa con verdadera conciencia ecológica, cuidamos concretamente nuestra querida Ladera. Como ejemplo de ello mencionamos el sistema anti incendios que hemos instalado a metros de la Aerosilla. La AEROSILLA les permite a los turistas de todo el mundo disfrutar la belleza de nuestros cerros y nuestra ciudad.
  • Declaramos nuestro respeto a la justicia y a las normas ya que es la única manera de vivir en armonía con nuestro entorno.

La Propuesta.

El Proyecto de Ordenanza de Expropiacion

La nota de elevacion del Intendente Aviles.

AL CONCEJO DE REPRESENTANTES:

Tengo el agrado de dirigirme a ese Cuerpo a fin de elevar para su tratamiento un Proyecto de Ordenanza que declara de Utilidad Pública y Sujetas a Expropiación, dos fracciones de terreno cuyas poligonales son descriptas en el croquis de mensura parcial que forma parte del presente Proyecto de Ordenanza, con una superficie aproximada de 31 Ha. 1.778,65 m2, la primera, y de 1.240,97m2, la segunda.-

Ambas fracciones pertenecen a un terreno de mayor superficie, de 91 Has 2426,27 m2, ubicado en la ladera de las Sierras Chicas cuya titularidad de dominio figura a nombre de AEROSILLA SAIC colindante con el vía crucis o camino a la Cruz, y comprendido dentro de la zona AP1 (Área Protegida) de la Ordenanza N° 4021.-

La Ordenanza Nº 1408, en su Artículo Nº 235 bis de su Título XII- Contribuciones con Afectación Específica-, establece:

“Expropiaciones Faldeo Montañoso: Establécese una contribución para adquirir por medio del/los mecanismos/s que oportunamente se determinaren, los lotes que actualmente componen el faldeo del cordón montañoso de las Sierras Chicas, dentro de los límites del Ejido Municipal y áreas colindantes, en los porcentajes que fije la Ordenanza Tarifaria Anual, sobre lo dispuesto en el Artículo 239º, a fin de compensar las erogaciones que por esos conceptos se realicen”

                        La Ordenanza Tarifaria del Año 2018 en su Título XIII- Contribuciones con Afectación Específica- Artículo 72º-, establece:

“A los fines de la aplicación de los Artículos 235º al 239º de la Ordenanza 1408- Ordenanza General Impositiva (T.O.2005 y sus modificatorias) fijanse las siguientes alícuotas: 1.- Contribución para expropiaciones Faldeo Montañoso, el 2% (dos por ciento) en concepto de lo que se abone por tasas y/o contribuciones de acuerdo a lo establecido por los Art. 235º b) y 239º de la citada norma legal”.

A fin de ir afectando estos fondos provenientes de los aportes de los vecinos, a efectivas expropiaciones de lotes de dominio privado ubicados sobre las laderas de las Sierras Chicas, el Municipio determina un orden de prioridades en atención a la necesidad de preservación de aquellos sectores más vulnerables a los impactos producidos por la proximidad de actividades económicas invasivas y/o cuestiones de índole estratégica en relación a su ubicación geográfica en relación a la trama urbana y/o a otros lotes de dominio público Municipal ubicados sobre las laderas a fin de ir logrando la continuidad espacial de franjas de ladera de dominio público.-

En este contexto, este Departamento Ejecutivo remite a consideración de ese Concejo de Representantes, el presente proyecto en atención a la necesidad de extender el Área Protegida Intangible en el sector Sur Este del Camino a la Cruz o Vía Crucis, ya que actualmente colinda con los terrenos de dominio privado pertenecientes a la Empresa AEROSILLA SAIC, estando estos últimos comprendidos dentro de los alcances del Área Protegida Ocupada Preexistente ( Ordenanza N° 4021-Artículo 3.1.1- inciso i.2) y dentro de ésta del Área Protegida Ocupada Preexistente con Equipamientos Recreativos y/o Educativos ( inciso i.2.1 ).-

Es por esto último que resulta conveniente garantizar la preservación del Bosque Serrano en el entorno del Vía Crucis en atención al fuerte impacto que la permanente circulación de visitantes y peregrinos origina sobre ese sector de la ladera. Es por ello que se priorizarán en el orden de expropiaciones, aquellos terrenos privados que colinden con el referido camino, en especial aquellos con vocación o posibilidad de extensión del uso del suelo recreativo como es el caso que nos ocupa.-

En el presente proyecto de Ordenanza se solicita la expropiación de una fracción de terreno a ser destinada a calle pública a fin de garantizar el acceso a los terrenos colindantes ocupados con uso del suelo comercial en el sector de Aerosilla; como asimismo abrir la posibilidad de generar un nuevo acceso al Vía Crucis por un espacio de dominio público Municipal, hecho que en la actualidad, al estar ubicado el referido acceso en terreno de propiedad privada, dificulta cualquier intervención que el Municipio intenta llevar adelante en pos de potenciar la visibilidad del acceso y la puesta en valor de este circuito central en la oferta turístico-religiosa de la Ciudad.-

Asimismo, la habilitación de la mencionada calle pública posibilitará crear un sector de estacionamiento exclusivo para el Vía Crucis, ello en el marco del proyecto de puesta en valor del sector mencionado.-

Con los fundamentos expresados, este Departamento Ejecutivo, remitió la iniciativa al Consejo de Planeamiento Urbano-Ambiental (CPUA) para su conocimiento y consideración, siendo el  anteproyecto de Ordenanza de expropiación apoyado por  unanimidad de sus miembros presentes en la sesión del día 23 de Febrero último.-

Por todo lo expresado se solicita el tratamiento favorable de la presente iniciativa.-

Sin más saludo atentamente.-

El Proyecto.

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES

DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ Sanciona con fuerza de ORDENANZA

  • ARTÍCULO 1º.- DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETAS A EXPROPIACIÓN dos fracciones de terreno cuyas poligonales son descriptas en el Croquis de mensura parcial que forma parte de la presente Ordenanza, de la siguiente forma:
  •             1.-) Fracción comprendida en el polígono que, iniciando en la letra A continúa con las letras B,C,D,E,F,G,H,.I,J,K,L,M,N,O,P,Q,R,S,T,U,V,W,X,Y,Z,B1,E1,F1,G1 cerrando en A con una superficie aproximada de 31 Ha.1.778,65 m2.
  •             2.-) Fracción comprendida en el polígono que, iniciando en C1, continúa por B1, A1, D1 cerrando en C1 con una superficie aproximada de 1.240,97m2.

Ambas fracciones pertenecen a un terreno de mayor Superficie de 91 Has 2426,27 m2, ubicado en la ladera de las Sierras Chicas cuya Nomenclatura Catastral es Circ: 40-Secc: 00-Manz: 074 Parc: 016 -Lote 16 de la Manzana s/d con acceso desde calle Florencio Sánchez de la Ciudad de Villa Carlos Paz, y cuya titularidad de dominio figura a nombre de AEROSILLA SAIC o quien en definitiva resultare su propietario.-

  • ARTÍCULO 2º.- La fracción descripta en el párrafo 1.-) del Artículo Primero de la presente Ordenanza será destinada a Parque para la preservación del Bosque Serrano, de dominio público municipal y con destino didáctico de divulgación ambiental, todo ello de acuerdo a lo determinado como uso del suelo para el Área Protegida (AP) Intangible por la Ordenanza 4021- Artículo 3.1.1- División del Ejido Municipal en Zonas- Inciso i1.-

La Fracción descripta en el párrafo 2.-) del Artículo Primero de la presente Ordenanza será destinada a calle pública y futuro acceso al Vía Crucis.-

  • ARTÍCULO 3º.- Las medidas definitivas de superficie, lineales y angulares de las Fracciones descriptas en el artículo primero de la presente Ordenanza, serán determinadas en definitiva en el Plano de Mensura Parcial que la Municipalidad confeccione a su cargo.-
  • ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán atendidos con fondos de la Partida -32-01-100-2-24-425 – Expropiaciones AP1- del Presupuesto vigente.-
  • ARTÍCULO 5º.- De forma.-
Acerca del autor
CARGOS DESEMPEÑADOS ACTUALMENTE. Director General de Radio Cyber 95.5 y en INSTITUTO REMEDIOS DE ESCALADA DE SAN MARTÍN - TERCIARIO- PROF. TITULAR Logica e Int. a la Prog - de Sistemas Operativos I y II - Construccion de Sitios web II en la Carrera de Analista de Sistemas
One Comment
  1. Pingback: Radio Cyber | FM 95.7 Villa Carlos Paz » Aerosilla – Aviles- Yo NO miento, tu mientes, el miente, nosotros NO mentimos, vosotros mentis, ELLOS MIENTEN

Dejar una respuesta Cancelar respuesta

Lo siento, tenés que estar conectado para publicar un comentario.

Buscar en Radio Cyber…

Espacio publicitario

Radio Cyber FM 95.5

Tel. (03541) 53 0696
SMS/Whatsapp (3541) 53 2180
Seguinos en Twitter
@radiocybervcp / @radiocyber
Seguinos en Facebook

¡Escribinos!

  1. Nombre *
    * Escribí tu nombre
  2. Email *
    * Escribí un email válido
  3. Mensaje *
    * Escribí tu mensaje