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Revista Colores impresa completamente en sistema Braille y se distribuye en forma gratuita – Hablamos con Ana Clara Fernandez

09 Mar 2018
Diego Truccone
0
#avilesCumpliConLasOrdenanzas, #gobiernodeAviles, #lacyberfm, #VecinosCarlosPaz

Cotacto:

  • revistacolores.com.ar
  • anaclarafernandez@yahoo.com
  • 0351-153074854.

Este proyecto surgió en Córdoba, Argentina, a través de su fundadora, la Lic. Ana Clara Fernández .
La revista es recibida por lectores ciegos de toda Argentina y distintas partes del mundo, y de distribución gratuita.

 

 

 

 

 

 

Audio de la Entrevista ACA

https://ar.ivoox.com/es/20180309-revista-colores-braile-hablamos-lic_md_24308552_wp_1.mp3

En Carlos Paz, Otra Ordenanza Mas que no se hace cumplir.

Algunos Resto de Carlos Paz que cumplieron

  • VILLAPAZ
  • LUCKY
  • PIZZA RANCH
  • RACING CAFÉ
  • VITTO

No pudimos Acceder a la informacion municipal con el Listado Completo

 En noviembre del 2009 el Concejo de Representantes aprobó una normaobligando a imprimir cartas de comidas en los sistemas braille y macrotipo en todos los «bares, restaurantes, confiterías, pizzerías, snack bars, heladerías, salones de té y afines» de Villa Carlos Paz. Tenían un plazo máximo de 60 días para adecuarse a la disposición; en tanto que para los infractores contemplaba la aplicación de multas.

El 27 de Febrero de 2013, El  Intendente Aviles da respuesta a la siguientes Resolucion  Nº 041/13, (Cartas y Menues en sistema Braile).

En 2014 llevó al entonces edil justicialista Adrián Lizarriturri a solicitar que se controle el acatamiento de la legislación. y….

 

Junio del 2016

El Cumplimiento del Gobierno de Aviles con “demoras” Ultima Ordenanza Vigente fue sancionada el  6 de Junio del 2016 y … exigia 90 dias para cumplirla. (ver la Ordenanza Completa al final de la nota)

Enero de 2018.

La Secretaría de Turismo presentó  las cartas en sistema Braille que se distribuyeron en locales gastronómicos de la ciudad tal como lo establece la ordenanza 6126.

“El sector gastronómico debe tener sus menúes en sistema Braille para lograr y sumar a una ciudad accesible”, dijo Sebastían Boldrini, titular del área.

Desde el organismo se informó que los establecimientos gastronómicos que aún no acercaron sus cartas y deseen hacerlo puede solicitarlo a la oficina de Turismo de la ciudad (Av. San Martín 400), de lunes a viernes, de 8 a 14 hs.

 

Algunos Organismos que PIDIERON A REVISTA COLORES EN BRAILLE:
  • RESUMENES DE CUENTA PARA LOS CLIENTES DE KADICARD (CONTINUA VIGENTE)
  • CARTELERIA EN ACERO AL PALACIO EVITA (MUSEO FERREYRA)
  • CARTELERIA DEL CONSEJO DE LA MUJER CORDOBA
  • CARTELERIA VIA PUBLICA PARA LA MUNICIPALIDAD DE RIO CEBALLOS
  • IMPRESIÓN DE FOLLETOS Y REVISTA PARA LA AGENCIA CORDOBATURISMO
  • IMPRESIÓN DEL LIBRO “PERIODISMO IDEA” DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE PERIODISMO PARA SUS ALUMNOS CON DISCAPACIDAD VISUAL
  • IMPRESIÓN DEL CORAN (VARIOS EJEMPLARES)
  • IMPRESIÓN DE TARJETAS PARA AUTORIDADES DEL INADI (DELEGADA CORDOBA) Y DE LA MUNICIPALIDAD DE CORDOBA (INTENDENTE).
  • CARTELERIA EN ACERO ENCARGADA POR EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA – DIRECCION DE DISCAPACIDAD.
  • FOLLETOS PARA LA SECRETARIA DE LA JUVENTUD. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.

 

La Ordenanza 6126

  

  • Artículo 1º.-.Los Comercios cuyo rubro -principal y/o accesorio- sea el gastronómico, en lo que respecta a venta y expendio de alimentos al público, sean restaurantes, resto-bares, confiterías, casas de comidas, bares, pizzerías, heladerías, snack bar, salones de té y demás locales que se dediquen a tal fin, deberán tener a disposición de los consumidores, además de sus cartas habituales, una (1) de las mismas en el sistema Braille.-
  • Artículo 2º.- En las mismas condiciones que el artículo anterior, los comercios allí descriptos deberán tener a disposición de los consumidores cartas en Macrotipos, las cuales deben ser en papel opaco, sin plastificar, con un gramaje que no transparente lo escrito en la otra cara, con un contraste alto entre el color del papel y la letra con el fondo del texto liso y con un tamaño de letra grande y con fuente legible.-
  • Artículo 3º.- Las cartas menú en sistema Braille y Macro tipos serán de igual forma e igual contenido que las cartas habituales, contando con la denominación y el respectivo listado de platos, ingredientes de los mismos, como así también el listado de bebidas ofrecidas.-
  • Artículo 4º.- Quedan exceptuados de lo expuesto en los artículos 1º y 2º de la presente, las promociones ofrecidas y los platos del día debiendo indicar la carta su existencia y la posibilidad de consulta oral de los mismos.
  • Artículo 5º.- Los locales referidos en el artículo 1º deberán contar con la señalización de identificación de género de sus baños de uso público en el sistema Braille.-
  • Artículo 6º.- Los establecimientos comprendidos por la presente Ordenanza deberán cumplimentar con lo establecido en un plazo no mayor a noventa (90) días corridos desde la promulgación de la presente, siendo de cumplimiento inmediato para quienes realicen nuevas habilitaciones.-
  • Artículo 7º.- La constatación del incumplimiento de la presente dará lugar al labrado de las actuaciones correspondientes que serán giradas a la Justicia Administrativa de Faltas para su correspondiente juzgamiento.-
  • Artículo 8º.- El Departamento Ejecutivo Municipal designará la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza.-
  • Artículo 9º.- DEROGAR la Ordenanza Nº 5203.-

      

Acerca del autor
CARGOS DESEMPEÑADOS ACTUALMENTE. Director General de Radio Cyber 95.5 y en INSTITUTO REMEDIOS DE ESCALADA DE SAN MARTÍN - TERCIARIO- PROF. TITULAR Logica e Int. a la Prog - de Sistemas Operativos I y II - Construccion de Sitios web II en la Carrera de Analista de Sistemas

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