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coronavirus – Villa Carlos Paz ADHIERE AL DECRETO N° 190 DEL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

13 Mar 2020
Diego Truccone
Off
#gobiernogomezgesteira, #lacyberfm

Quedan suspendidas las actividades en boliches y pubs, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial. Mientras que se realizarán controles en bares y restaurantes.

El gobierno municipal de la ciudad de Villa Carlos Paz, a través del decreto 162/2020, adhirió a la disposición del Gobierno de la Provincia

En tal sentido, el Decreto Provincial sostiene la “suspensión de todos los eventos públicos y/o privados con concentración masiva de personas de la naturaleza que fuere, social, cultural, académica, de capacitación, artística, deportivos, quedando en consecuencia sin efecto ni valor alguno las habilitaciones que se hubieren otorgado con anterioridad”.

Municipalidad de Carlos Paz
  • El gobierno municipal de la ciudad de Villa Carlos Paz, a través del decreto 162/2020, adhirió a la disposición del Gobierno de la Provincia respecto al Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria determinada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 del Gobierno de la Nación.
    Estas medidas se realizan en consonancia a las acciones que el Municipio lleva adelante para la prevención y mitigación ante la propagación de enfermedades de alto impacto sanitario y social, como el sarampión, dengue y coronavirus.
    En tal sentido, el Decreto Provincial sostiene la “suspensión de todos los eventos públicos y/o privados con concentración masiva de personas de la naturaleza que fuere, social, cultural, académica, de capacitación, artística, deportivos, quedando en consecuencia sin efecto ni valor alguno las habilitaciones que se hubieren otorgado con anterioridad”.
    Se insta al sector privado a adoptar medidas “que resulten conducentes para evitar la propagación de enfermedades, como también que deberán adecuarse y/o suspender sus actividades, haciéndoles saber que de conformidad al art. 4º del Decreto provincial que declara la emergencia, la policía se encuentra facultada a hacer uso de la fuerza pública para hacer cesar aquellas actividades en contravención al Decreto Provincial Nº 190”.
    Asimismo, los agentes municipales serán instruidos respecto de las medidas de acción deberán adoptar para mitigar la propagación de enfermedades, como también hacer cesar aquellas actividades que sean fuente generadora de riesgo de propagación.
  • Medidas preventivas:
    –    Suspender la licencia de todo el personal del área de Salud Pública.
    –    Se habilitó un consultorio febril en el Hospital Municipal Gumersindo Sayago
  • –    Instar al sector privado a:
    1. Adoptar todas aquellas medidas que resulten conducentes a evitar que se propaguen las enfermedades, por las que se declaró la emergencia.2. Adecuar y/o suspender, en su caso, las actividades desarrolladas en sus establecimientos, de conformidad al Decreto del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba Nº 190/2020, haciéndoles saber que de conformidad al art. 4º del Decreto provincial que declara la emergencia, la policía se encuentra facultada a hacer uso de la fuerza pública para hacer cesar aquellas actividades en contravención al Decreto Provincial Nº 190.-–    Exhortar a los habitantes de Villa Carlos Paz a:
  • 1.- Actuar en forma responsable, adoptando las medidas preventivas, tendientes a evitar la propagación de las enfermedades.
    2.- Hacer uso responsable de la información.
    –  Suspensión de todos los eventos públicos y/o privados con concentración masiva de personas de naturaleza social, cultural, académica, de capacitación, artística, deportivos, quedando en consecuencia sin efecto ni valor alguno las habilitaciones que se hubieren otorgado con anterioridad.

– Quedan suspendidas las actividades en boliches y pubs, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial. Mientras que se realizarán controles en bares y restaurantes.
– La continuidad de política alimentaria en los hogares de día Rosa Astor y Villa Alegre, como así también el programa Corazón Contento, se llevará adelante mediante la entrega de viandas domiciliarias.
– Cabe recordar que, conforme al artículo 65, de la Ordenanza 1511, en caso de urgencia manifiesta y necesidades imperiosas, el

Departamento Ejecutivo podrá realizar contrataciones directas.
– Ante consultas, los vecinos podrán comunicarse al 147 o al 0800-222-1002(opción 1)

N.de la Red. No pudimos encontrar el decreto en el Digesto Municipal.

Acerca del autor
CARGOS DESEMPEÑADOS ACTUALMENTE. Director General de Radio Cyber 95.5 y en INSTITUTO REMEDIOS DE ESCALADA DE SAN MARTÍN - TERCIARIO- PROF. TITULAR Logica e Int. a la Prog - de Sistemas Operativos I y II - Construccion de Sitios web II en la Carrera de Analista de Sistemas

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