Debido a las denuncias efectuadas por la Presidenta y Vicepresidenta del Centro Vecinal de Costa Azul Sur sobre los hechos de agravios que recibieron durante los festejos del Dia del Niño, desde el Concejo de Representantes intentan esclarecer lo ocurrido y abrir sumarios administrativos a los denunciados intervinientes quienes cumplan funciones publicas.
En RADIO CYBER el dia 07 de Agosto, recibimos a Liliana Picatto y Laura Colica, un dia despues de producidos los hechos quienes nos relataron lo siguiente:
Proyecto de Resolución
Visto: la nota ingresada el 11 de agosto del corriente año por las autoridades del Centro Vecinal Costa Azul Sur en donde relatan distintas vicisitudes que debieron sortear en la Fiesta del Día del Niño realizada por la Municipalidad de Villa Carlos Paz.
Considerando: que en la nota relatan que a “…las 17.40 aproximadamente intempestivamente irrumpió en nuestro lugar de trabajo el Señor Facundo Celoira … a proferir palabras agraviantes …”.
Que en la misma nota continúan expresando los miembros del Centro Vecinal “… aparece otro demandante de nombre Mariano Melana que se acopló a la discusión.” “Gracias a la presencia de Leonardo Villalobos, coordinador de políticas vecinales se logró que se retirara el Señor Celoira…” , “… se agregó Sergio Rizzi quienes siguieron con gestos y palabras ofendiéndonos.”
Que Los firmantes sostienen que “… nos humillaron, maltrataron, agredieron e hirieron nuestra integridad moral como representantes de un barrio de esta ciudad”,
Que quienes presentan la nota afirman haber realizado una Exposición Policial cuyo número es 633/17 de fecha 7/08/2017.-
Que el Código de Ética del la Función Pública establece:
· En su artículo 6º “El funcionario Público debe actuar con rectitud y honradez,…”
· En su artículo 11º “El funcionario no debe realizar actos discriminatorios en su relación con los ciudadanos …”
· En su artículo 15º “El funcionario público debe denunciar ante su superior, o ante las autoridades , los actos de los que tuviera conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones y que pudieran causar perjuicio al Municipio, constituir un delito, o violación a cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente Código.-
Por ello los concejales abajo firmantes sugieren la aprobación del siguiente proyecto de resolución
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Resuelve
Artículo 1º.- Solicitar informe al Departamento Ejecutivo sobre si tiene conocimiento sobre los hechos denunciados por las autoridades del Centro Vecinal Costa Azul Sur.-
Artículo 2º.- Establecer si las personas nombradas son agentes municipales, en caso afirmativo abrir sumarios para establecer si existieron los hechos relatados.-
Artículo 3º.- Establecer si los agentes responsables de la actividad festiva tenían conocimiento y de ser positivo si elevaron a sus superiores informe sobre los hechos denunciados, como lo establece el artículo 15º del Código de la Función Pública.-
Artículo 4º.- De forma.-
La nota Presentada que da origen al Proyecto.
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